Conozca las fechas en las que deberá pagar impuestos este año

FREEPIK - EL NUEVO DÍA
El Gobierno nacional a través de decreto estableció las fechas en las que los contribuyentes deberán pagar sus obligaciones en 2020, en el caso del Impuesto sobre la renta habrá plazo de pagar la tercera cuota hasta junio.

Como cada año, la Nación reglamenta los plazos exactos en los que las personas naturales y jurídicas deben pagan sus impuestos. De no tributar a tiempo esto puede acarrear sanciones como entrar en un proceso de cobro coactivo, acción que adelanta la Dian.

 

Impuesto sobre la Renta

 Este impuesto de cobertura nacional y que es de los más importantes, se genera con la suma de los ingresos de una persona o empresa a lo largo de un año.

1. Los Grandes contribuyentes deberán presentar la declaración del impuesto y cancelar el valor total en tres (3) cuotas, de acuerdo con el último número del NIT.

Primera cuota: Entre el 11 y el 24 de febrero. Segunda cuota: Entre el 14 y el 27 de abril. Tercera cuota: Entre el 9 y el 24 de junio.

2. Las personas jurídicas, sociedades y similares, y contribuyentes del Régimen Tributario Especial, pagarán así: Primera cuota teniendo en cuenta los dos últimos dígitos de su NIT entre el 14 de abril y el 12 de mayo. El pago de la segunda cuota entre el 9 y el 24 de junio, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

3. En el caso de las personas naturales los vencimientos serán de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, iniciando el 11 de agosto y finalizando el 21 de octubre.

 

Impuesto sobre las ventas o IVA

 De este impuesto son responsables, grandes contribuyentes y personas jurídicas y naturales cuyos ingresos a 31 de diciembre de 2019, fueron iguales o superiores a $3.152.840.000. Deberán presentar la declaración y pago de este impuesto de manera bimestral.

Estos son los plazos: Primer bimestre, entre el 10 y el 24 de marzo; segundo bimestre: entre el 12 y el 26 de mayo; tercer bimestre: entre el 7 y el 21 de julio; cuarto bimestre: entre el 8 y el 21 de septiembre; quinto bimestre: entre el 10 y el 24 de noviembre y sexto bimestre entre el 13 y el 26 de enero de 2021.

Para las personas jurídicas y naturales que tuvieron ingresos inferiores a noventa a $3.152.840.000, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre las ventas de forma cuatrimestral.

Para estos contribuyentes, los vencimientos son: primer cuatrimestre: entre el 12 y el 26 de mayo; segundo cuatrimestre: entre el 8 y el 21 de septiembre; tercer cuatrimestre: entre el 13 y el 26 de enero de 2021.

 

Declaración de activos en el exterior

 La declaración anual de activos en el exterior de acuerdo con el tipo de declarante es la siguiente:

1. Grandes contribuyentes: Entre el 14 y el 27 de abril, de acuerdo con el último dígito del NIT.

2. Personas jurídicas: Entre el 14 de abril y el 12 de mayo

3. Personas naturales: Entre el 11 de agosto y el 21 de octubre.

 

Impuesto Unificado Régimen Simple de Tributación (RST)

 Las personas naturales y jurídicas que se inscribieron en el RST en el 2019, deberán presentar la declaración anual y pagar el impuesto correspondiente entre el 22 y el 28 de octubre de 2020.

Dichos contribuyentes responsables del Impuesto sobre las ventas, de acuerdo con el último dígito del NIT deberán presentar la declaración anual del Iva correspondiente al año precedente, entre el 24 y el 28 de febrero.

 

Dato

La Dian fijó en $35.607 el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2020, unidad de medida que define los valores de los impuestos.

 

Dato

En los próximos días el Gobierno expedirá un nuevo decreto para establecer los plazos para los impuestos y normas incluidos en la Ley de Crecimiento Económico.

 

Dato

Para pagar el Impuesto sobre la renta las personas naturales residentes en el exterior deben presentar su declaración en forma electrónica.

Credito
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