Artículos que aún no operan de la Ley de Crecimiento Económico

VANGUARDIA - EL NUEVO DÍA
El pasado diciembre se aprobó la reforma tributaria. Sin embargo, con la llegada del nuevo año hay algunos artículos de esta que no han entrado en vigencia.

Ante el inicio del 2020 llegó la puesta en funcionamiento de la Ley de Crecimiento Económico, en la que se aprobaba, por mencionar algunos aspectos, la devolución del IVA para hogares de escasos recursos, tres días sin IVA en el año, la reducción de cotización en salud del 12 al 4% para los pensionados más vulnerables, y beneficios tributarios para las empresas.

A pesar de que la Ley ya fue sancionada, hay artículos que no han empezado a funcionar, pues en varios de estos se necesita establecer una reglamentación. Estos son algunos de los más importantes.


Tres días sin IVA

Uno de ellos es la eliminación del cobro de IVA durante tres días para adquirir bienes como vestuario, calzado y electrodomésticos, siempre que se hagan por medio de pagos electrónicos. Este tendrá que esperar hasta que se expidan los decretos que establezcan cómo será el mecanismo.

Ante lo anterior, Juan Oswaldo Manrique, profesor y asesor tributario del Observatorio Fiscal de la Universidad Pontificia Javeriana, comentó que “hay muchas cosas que están pendientes por reglamentar de la reforma que no son automáticas. Por ejemplo, falta definir temas como los días sin IVA para ciertos productos, y cómo va a funcionar ese mecanismo.

También falta reglamentar cuáles serán esos días y cómo va a ser el trámite de reporte de estos días para los comerciantes”.


Devolución de IVA

De igual forma pasa con la devolución del IVA para las personas de menores ingresos, que se había planteado en un principio para hacerse efectiva en 2021, pero que empezará en el segundo semestre de 2020 y se hará por medio del Sisbén IV.

“Eso también debería empezar aplicar sobre este año, pero hay un montón de temas operativos que faltan definirse. Entonces para que entre en vigencia falta ver cómo lo van a implementar”, manifestó Manrique.


Declaración de renta

Conforme al docente, muchos de los factores se verán una vez las personas hagan su respectiva declaración de renta.

“Existen temas que se van a hacer efectivos en el momento en el que las personas hagan la declaración de renta de los ingresos de este año. Por ejemplo las nuevas tarifas que hay para las declaraciones de personas naturales y de personas jurídicas. Eso entra en vigencia este año, pero se va a ver reflejada cuando se haga la respectiva declaración de renta del 2020”, aseguró el docente.

Dentro de lo que tiene efecto inmediato, se destaca la reducción de los aportes a salud de los pensionados que reciben un salario mínimo de 12% a 8% en 2020, y a 4% en 2022.

 En cuanto a esto, Manrique dijo que “esto en teoría ya debería funcionar. Faltaría que las empresas hicieran el ajuste en el sistema, pero ya está aplicando”.

 

Paquetes de Decretos

Juan Oswaldo Manrique, profesor y asesor tributario del Observatorio Fiscal de la Universidad Pontificia Javeriana, explicó que para que entre en operación toda la Ley es necesario una serie de decretos, los cuales deberán tener la firma del presidente de la República Iván Duque Márquez.

“La Ley sí está vigente, pero la operatividad práctica total dependerá de diferentes decretos que van a salir”, dijo.

“Los decretos pueden seguir saliendo porque quizá haya cosas que en la práctica no funcionen como debe ser, entonces se necesitarían otros decretos reglamentarios”, añadió.

Manrique también señaló que cuando se necesita aclarar algo estipulado en un decreto, se puede abrir un paquete de resoluciones que puntualicen lo que está en ellos.

Credito
ARNULFO DELGADO PEDROZO

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