Pago mínimo de retefuente comenzó a regir desde ayer

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
La nueva tabla de retención de la fuente para asalariados comenzó a regir desde ayer.

La retefuente se hará para ingresos superiores a los tres millones 461 mil pesos para declarantes del impuesto sobre la renta, que equivale, según la nueva tabla, a los 128.96 UVT (Unidad de Valor Tributario).

Es de recordar, que los declarantes del impuesto sobre la renta son los empleados (trabajadores asalariados e independientes), quienes en 2012 reportaron operaciones por encima de los 104 millones 196 mil pesos.

Los no declarantes

Por su parte, a los empleados no declarantes, se les hará efectiva la retención si sus ingresos superan los dos millones 550 mil pesos, que equivalen a los 95 UVT, según la tarifa mínima de retención. 
Recuerde que para ambos casos, el cálculo correspondiente se efectúa restando los aportes al Sistema General de Seguridad Social a cargo del empleado.

Es decir que si un empleado devenga unos cuatro millones de pesos, es declarante de renta, y al restarle los aportes al Sistema General de Seguridad Social, devenga más de tres millones 600 mil, se le aplicará la retención.

En Síntesis 

Según el artículo 383 del Estatuto tributario se les aplicará retención siempre y cuando:

-Para asalariados (prestadores de servicio, trabajadores independientes, o con vinculación laboral): a partir de dos millones 550 mil pesos (95 UVT).

-Tarifa mínima de retención en la fuente para empleados (asalariados y trabajadores independientes) declarantes del impuesto sobre la renta: a partir de tres millones 461 mil pesos (128.96 UVT). 

Haciendo cálculos 

Los empleadores deberán calcular esta retefuente con base en la tabla establecida por la Dian y deberán compararla con la que resulte del sistema ordinario. Se retendrá a los empleados el valor que resulte mayor. Si el cálculo del sistema ordinario resulta mayor al del Iman se deberá retener el del sistema ordinario. 

Credito
REDACCIÓN EL NUEVO DÍA

Comentarios