Alivio a las deudas para pequeños productores del agro

ARCHIVO – EL NUEVO DÍA
Los pequeños productores del Departamento y, a su vez, del resto del país, podrán desde esta semana, según el Gobierno nacional, beneficiarse de la compra de cartera de sus créditos.

El Ministerio de Agricultura informó que desde esta semana inició la compra de cartera de al menos 80 mil pequeños productores del agro, en un proceso que esta reglamentado por la Ley 1694 de 2013.

Plazo y beneficios

Según esa cartera, hasta el 28 de abril los bancos y entidades financieras tendrán plazo para informar a Finagro, su interés de vender la cartera morosa de los pequeños productores del Fondo de Solidaridad Agropecuario (Fonsa).

Y agregó que serán beneficiarios los pequeños productores con deudas vencidas a agosto de 2013 o productores que refinanciaron sus obligaciones entre el 1 de enero de 2012 y el 17 de diciembre de 2013.

Es de recordar, que el monto máximo por beneficiario será hasta de 20 millones de pesos, y los productores tendrán un plazo de hasta 10 años para el pago de sus obligaciones, de los cuales los tres primeros años no les generarán intereses de ninguna naturaleza.

Asimismo, entre el cuarto al décimo año, la tasa de interés será del Índice de Precios al Consumidor (IPC) +2, aproximadamente un cuatro por ciento efectivo anual, teniendo como referencia el IPC de 2013.

Es de resaltar, que si el productor paga durante los tres primeros años, es decir, durante el periodo muerto de intereses, extinguirá su deuda pagando el mismo valor por el cual el Fonsa compró la obligación.

De otra parte, si el deudor paga los intereses antes de la fecha de vencimiento, entre el cuarto y el décimo año, dicha cuota se abonará directamente a capital, es decir, que el beneficiario no pagaría intereses.

Los beneficiarios

De acuerdo con el Ministerio, las cadenas que se beneficiarán con la compra de cartera son: arroz, banano, café, algodón, maíz, cacao, papa, caña de azúcar y caña panelera.

Asimismo, de fríjol, cebolla de bulbo, leche, palma de aceite y plátano. “Las condiciones específicas de este tipo de cadenas se podrán consultar en la Ley 1694 de 2013”, indica Minagricultura en un comunicado.

Y agrega que otros beneficiarios son los productores, cuyos activos no superen los 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), excepto el arroz, banano y plátano, en cuyo caso el límite de activos es de 250 smmlv.

Credito
IBAGUÉ

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