RUT no pierde vigencia: Dian

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
Si usted cree que el Registro Único Tributario (RUT) pierde vigencia, es bueno que sepa que la actualización de ese mecanismo solo se genera cuando se modifica la información consignada en el sistema.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que el documento RUT no pierde vigencia, tal como lo establece el parágrafo del Artículo 6 del Decreto 2460 de 2013.

Cabe resaltar que a través de la página de Internet www.dian.gov.co puede generarse una copia del mismo, con fecha actualizada, sin necesidad de desplazarse a los Puntos de Contacto.

Actualizar el RUT

De acuerdo con la Dian, el RUT se debe actualizar sólo en dos casos que implican modificaciones en el formulario.

Uno, cuando los datos personales como identificación y ubicación son cambiados, y dos, cuando son modificados los datos comerciales, que incluyen la actividad económica y las responsabilidades, entre otros.

Validez del documento

De otra parte, la Dian indicó que la copia del documento es válida con la marca de agua “certificado documento sin costo” y no requiere de la firma del funcionario de la entidad.

Sólo basta el registro de fecha y hora de la generación del documento, que aparecen en la parte inferior derecha del formulario.

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