Así podrá beneficiarse del subsidio al empleo formal

Crédito: Hélmer Parra - EL NUEVO DÍA
Desde su anuncio, muchos tienen dudas de cómo acceder, dónde postularse y qué requisitos deben cumplir. Así le explicamos cómo obtener el subsidio del Paef.
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El Programa de Apoyo al Empleo Formal, Paef, para los empleados se convirtió en un alivio económico para los empresarios, ya que se les otorgará mensualmente y hasta por tres meses un aporte por empleado correspondiente a un 40% del salario mínimo, es decir $351.000. Estos dineros irán para el pago de los trabajadores.

Empresario, recuerde que la recepción de postulaciones se realizará desde el 22 hasta el 29 de mayo para el aporte de mayo; del 1 hasta el 17 de junio para el aporte de junio, y desde el 1 hasta el 16 de julio para el aporte de julio.

Preguntas y respuestas

¿Quiénes pueden acceder a este apoyo?

Personas jurídicas, personas naturales empleadoras, empresas sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales.

¿Cómo puedo postularme para acceder a este programa?

Su empresa deberá presentar, ante la entidad financiera en la que tenga un producto de depósito, el formulario estandarizado, y puesto a disposición de los potenciales beneficiarios, una certificación firmada por el representante legal o la persona natural empleadora y el revisor fiscal o contador público, en la que se certifique la disminución de ingresos y el pago salarial a los empleados que recibirán el aporte.

¿Qué debo hacer si cuento con productos de depósito en más de una entidad financiera?

Deberá realizar el procedimiento de postulación ante una sola de dichas entidades, a su elección. Así mismo, las postulaciones que se hagan en los siguientes meses deberán realizarse ante la misma entidad financiera en la cual fue realizada la primera postulación. La simple entrega de documentos no implica el derecho a recibir este aporte estatal.

¿Por cuántos meses podré obtener este apoyo?

El aporte estatal podrá ser solicitado hasta por tres ocasiones: mayo, junio y julio. De ser así, el beneficiario deberá cumplir, en cada caso, con el procedimiento descrito.

¿Qué pasa si ya solicité al Fondo Nacional de Garantías un crédito de nómina?

Los potenciales beneficiarios del programa que igualmente tengan la calidad de deudores de líneas de crédito para nómina garantizadas del Fondo Nacional de Garantías deberán postularse al aporte estatal del Paef, a través de la entidad financiera con la cual adquirieron dicha línea de crédito garantizada. En este caso, los recursos que reciba tanto por el crédito como por el programa no podrán superar el valor total de la nómina para el mes sobre el cual se realizó el cálculo del programa.

¿Cuándo debo restituir los aportes estatales?

El aporte estatal deberá ser restituido al Estado por parte del beneficiario cuando habiendo recibido el aporte, se evidencie que, al momento de la postulación, no cumplía con los requisitos establecidos; se compruebe que existió falsedad en los documentos presentados para acreditar los requisitos establecidos; el beneficiario se haya comprometido al pago de salarios adeudados de abril y no haya cumplido con dicho compromiso.

¿Cómo puedo saber si la empresa donde trabajo accedió al subsidio estatal?

La UGPP en su portal web, www.ugpp.gov.co/PAEF, habilitará la consulta de los beneficiarios y el de sus trabajadores.

¿Cuándo se entregan los recursos a los beneficiarios del programa?

El esquema implementado implica un periodo inicial de recepción de postulaciones, seguido de una validación de las mismas, por lo que la entrega de los recursos se realiza a finales de mes para cada uno de los meses en los que está activo el programa, es decir mayo, junio y julio de 2020.

Los requisitos que debe cumplir

Haber sido constituido antes del 1 de enero de 2020.

Contar con una inscripción al registro mercantil. Debió realizarse o renovarse por lo menos en el año 2019.

Demostrar la necesidad del aporte estatal certificando la disminución del 20% de sus ingresos.

Tener un producto de depósito, como una cuenta de ahorros, cuenta corriente en una entidad financiera.

En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales deberán aportar copia del Registro Único Tributario.

Para las personas naturales se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil.

No podrá aplicar quien tenga menos de tres empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020, que sean personas expuestas políticamente, cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de estas personas.

Credito
EL NUEVO DÍA

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