Mincomercio fijó precios especiales para registro mercantil en 2021

Crédito: VANGUARDIA - EL NUEVO DÍALos beneficios establecidos buscan fortalecer el desarrollo del sector productivo nacional, tras la pandemia.
Mediante Decreto Reglamentario del artículo 129 de la ley 2063 de 2020, el Gobierno nacional estableció beneficios en las tarifas de registro mercantil que beneficiará el desarrollo del sector productivo.
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Uno de esos, está relacionado con el 5% de descuento para todas las micro, pequeñas y medianas empresas del país que efectúen la renovación de la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses de 2021.

La renovación de establecimientos, sucursales y agencias de las mipymes tendrá también un descuento del 5% sobre el valor de la tarifa.

José Manuel Restrepo, ministro de Comercio, Industria y Turismo, aseguró que, al final se trata de ahorros para las mipymes colombianas de más de $11.000 millones, con lo cual se impulsa la recuperación y reactivación de las empresas que se han visto afectadas por la pandemia del Covid-19.

En el mencionado documento también estableció rebajas del 7% en las tarifas por cancelación y mutación de la matrícula mercantil, así como por la inscripción en el registro mercantil de actos y documentos.

Adicionalmente, los certificados que expidan las cámaras de comercio como certificado de matrícula mercantil, certificado de existencia y representación legal y certificados especiales, tendrán también una deducción del 5%.

En cuanto a las personas naturales comerciantes mipymes, que aún no han podido renovar la matrícula mercantil, tendrán derecho a cancelar su matrícula, sin sufragar el derecho de la renovación por las vigencias 2020 y 2021, pero para aplicar a esto debe realizar el proceso entre enero y marzo del año nuevo.

En tanto, las sociedades mipymes que no hayan podido renovar la matricula mercantil en 2020, tendrán derecho a inscribir el acto de disolución y liquidación, así como su posterior cancelación de la matrícula, sin sufragar los derechos de la renovación por las vigencias 2020 y 2021, siempre y cuando lo efectúen dentro del primer trimestre.

 

Dato

Las entidades sin ánimo de lucro también se podrán acoger a los descuentos en renovación, cancelación, mutaciones, inscripción de actos, libros y documentos y certificados en 2021.

Credito
REDACCIÓN ECONOMÍA

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