Prohibido el porte de armas en el Tolima

TOMADA DE INTERNET - EL NUEVO DÍA
El segundo comandante y jefe de Estado Mayor de la Sexta Brigada, teniente coronel Giovanny Velázquez Delgado, informó que dando cumplimiento al Decreto 0155 del 1 de febrero de 2016, por orden presidencial, “se permite informar la suspensión de los permisos de porte de armas de fuego para las personas naturales y jurídicas en el Tolima”.

El oficial agregó que el propósito de la medida es “evitar homicidios derivados de riñas, así como otros delitos, y controlar el tráfico ilegal de armas”.

Si las personas tienen alguna inquietud, pueden ir a la oficina de control Comercio de Armas con sede en el Cantón Militar Jaime Rooke.

Quiénes pueden portar armas

* Personal activo de la Fuerza Pública
* Personal de la reserva activa
* Oficiales de la reserva
* Congresistas y secretarios generales de la Cámara de Representantes.
* Senadores.
* Ministros del despacho
* Magistrados de las altas cortes.
*Personal de la Fiscalía General de la Nación
*Procurador General
*Contralor General
*Gobernadores
*Diputados
*Alcaldes
*Concejales
*Los deportistas y coleccionistas de armas de fuego debidamente acreditados

Credito
EL NUEVO DÍA

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