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Los hechos
Según la Procuraduría Provincial de Chaparral, se comprobó que Lozada incurrió en una falta gravísima al violar lo previsto en la ley 80 de 1993 y ley 1150 de 2017, artículos 2 y 5.
El exfuncionario celebró en ese entonces dos contratos, bajo la situación de urgencia manifiesta. Estos se suscribieron mediante el Decreto 065 de 2013, pero de acuerdo con el órgano de control, no eran considerados necesarios para solucionar la aparente problemática que originó la urgencia.
El ente investigador reveló que el contrato 142 de 2013 no cumplió con los procedimientos de selección para acoger un contratista bajo las modalidades que exige la ley.
Así mismo, respecto al contrato 137 de 2013, la Procuraduría halló que no tiene ninguna relación con la urgencia manifiesta, teniendo en cuenta que su objetivo era el mantenimiento de maquinaria pesada al servicio de la Administración municipal, actividad que debió estar bajo el plan de compra y no bajo la excepcionalidad de la urgencia.
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