Polémica por injerencias en Infibagué

HÉLMER PARRA - EL NUEVO DÍA
Tras revelación de reunión con el abogado Leonidas Torres Lugo, el entrometimientos en Instituto ha hecho recordar alcaldía de Jorge Tulio Rodríguez, cuando se decía que las riendas del poder las llevaba su hermano Mario.

La revelación hecha por el abogado Leonidas Torres Lugo de que llegó a Infibagué por intermedio de Andrés Sierra Pineda, ha generado controversia y ha traído a colación la alcaldía de Jorge Tulio Rodríguez Díaz (2001-2003), cuando se cuestionó que su hermano Mario era quien manejaba la administración.

Expertos como el abogado Orlando Arciniegas Lagos ven con "gran preocupación" la injerencia de la familia de Tania Sierra en los asuntos propios de Infibagué.

"Que el hermano de la Gerente lleve a su abogado para que convenza a los abogados de la empresa y a funcionarios para que no les cobre y no se adelante el proceso que se viene adelantando, me parece que es delicadísimo", señaló Arciniegas.


El jurista dijo que interferir en cuestiones internas del Instituto para "tratar de sacar réditos en beneficio propio", al parecer, como se estaría presentando en este caso, transgrede la transparencia de la administración pública.


"Eso atenta contra la moral y principios de ética, no solamente de la administración pública, sino de aquellos personajes que están llamados a cumplir y hacer cumplir las leyes, como es el caso de la Gerente de Infibagué", advirtió el reconocido abogado.


El exsenador Carlos García Orjuela recordó la falta de prudencia del exalcalde Jorge Tulio Rodríguez Díaz, cuando permitía sin ningún empacho que su familia se inmiscuyera en los asuntos de su administración. Comentó que en un examen a la aplicación de la Ley 550 y Ley 617, la jefe de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda, Ana Lucía Villa, le refirió preocupada que el alcalde de la época se aparecía con su hermano y era él  quien discutía la parte financiera del municipio.


García Orjuela enfatizó que aunque Mario Rodríguez Díaz es alguien calificado, no podía hacerlo, pero que la falta obvia era de Jorge Tulio al permitírselo; y en el caso de Infibagué, obviamente de la gerente Tania Sierra.


El excongresista fue más allá y señaló que el alcalde Luis H. Rodríguez cometió por lo menos una "indiscreción", al comentar que se reunió también con el abogado Leonidas Torres Lugo.


"Falta el Alcalde al reunirse con abogados que no son del Municipio, sino apoderados de particulares, y reconocer que los consejos de esos abogados de la contraparte le van a servir para modificar acuerdos y actuar en favor de intereses privados y no de la ciudad", sostuvo.

 

 "No hay nada de malo"
 Por el contrario, el abogado Leonidas Torres Lugo, quien representa a Sierra Pineda y Compañía S en C, consideró que no hay nada de malo en que haya sido invitado a exponer los fundamentos de la demanda contra el cobro del impuesto de alumbrado público, y la reunión en Infibagué no debe causar incomodidad ni suspicacias porque no se trató de interferir en las políticas del Instituto.

 "Yo siempre procuro orientar y que ojalá los funcionarios no vayan a cometer errores, considerando que es prudente que se haga un examen jurídico exhaustivo y de alto contenido, porque puede haber consecuencias disciplinarias para esos funcionarios", indicó.


 Torres Lugo recalcó que también ha asistido a foros y sostenido reuniones con gremios como la ANDI para exponer que el impuesto de alumbrado se sigue cobrando sin existir norma jurídica que faculte el cobro, que los ciudadanos pueden reclamar y si la demanda prospera, el Municipio sufriría una lesión enorme al tener que devolver indexados esos recursos indebidamente cobrados.


 "El presidente de la Junta de la Cámara de Comercio me ha invitado, la Gerente de Infibagué me ha invitado, recientemente me reuní con el Alcalde; a mí me interesa que el debate se haga y ellos tienen una concepción distinta, quieren resolver el asunto y escuchar la problemática. Entiendo que desde la campaña se ha ofrecido resolver este asunto, porque sí es un problema pendiente", puntualizó Torres Lugo.


 El también abogado Armando Polanco, apoderado de José Ataníbal Sierra en el proceso de cobro coactivo por la deuda del servicio de alumbrado público, manifestó que lo que hay en toda esta situación del posible conflicto de intereses e impedimento de Tania Sierra es una persecución de la exsecretaria general de Infibagué, Nacy Moya, y sugirió que detrás estaría el exalcalde Jesús María Botero, de cuya administración fue heredada la problemática del impuesto de alumbrado público.


 EL NUEVO DÍA se comunicó al celular de Andrés Sierra Pineda y dejó razón con la comunicadora de la Cámara de Comercio de Ibagué, Nohora Ríos, pero no fue posible tener sus comentarios sobre el escándalo que ha propiciado la injerencia suya en Infibagué.

"Impedimento de Tania Sierra fue tardío"

Para el abogado Orlando Arciniegas, la gerente de Infibagué, Tania Sierra, no estuvo asesorada en los procesos de de jurisdicción coactiva que se estaban adelantando contra su familia, porque "ella no podía ni siquiera haber actuado mínimamente en ese sentido".

 "El Código Civil, por disposición expresa del Código Contencioso Administrativo, señala que cuando hay lazos de consanguinidad, como en este caso, debió haberse declarado impedida desde un principio y no posterior", indicó Arciniegas.


 Aclaró que ahora la Procuraduría Regional  "tendrá que mirar si fue tardío el impedimento" que presentó Tania Sierra y "qué consecuencias puede traerle" a la Gerente de Infibagué "el hecho de no haberse declarado impedida cuando debía haberlo hecho, es decir cuando conoció por primera vez que un miembro de su familia, o su propia familia, erstaba inmiscuida en el asunto".

Controversia por cobro de alumbrado público 
 Según el abogado Leonidas Torres Lugo, la sentencia proferida el 11 de septiembre de 2009 que declaró la nulidad del Acuerdo 004 de 2003 ,que estructuraba el impuesto de alumbrado público, es de obligatorio cumplimiento e indeludible aceptación, al no haber sido apelada.

 Asegura que una norma que derogue una anterior, no revive porque se anule o se abrogue la norma posterior, porque para ello hay que reproducirla, y que este fue el error que se cometió al pretender que con la aprobación del Acuerdo 001 de 2010 se esté reviviendo el Acuerdo 127 de 1995, norma que en el pasado había regulado el régimen tarifario del impuesto de alumbrado público en Ibagué.


 "El Consejo de Estado ha hecho variación a su jurisprudencia para permitir que los municipios puedan crear ciertos elementos del tributo de alumbrado, eso podría beneficiar la creación nuevamente del impuesto, pero habría que volver jurídicamente a establecerlo, porque el acto administrativo que lo creaba fue anulado", puntualizó Torres Lugo.


 Por su parte, el abogado Orlando Arciniegas Lagos sostiene que los argumentos de Torres Lugo no son valederos y desde el 2010 es claro por jurisprudencia de la Sección Cuarta y Sección Primera del Consejo de Estado que el impuesto de alumbrado público lo pueden fijar los concejos a través de acuerdos.


 Arciniegas dice que lo que ha ocurrido en Ibagué es un mal manejo desde la Oficina Jurídica del Municipio y que hoy se está en la misma situación. Precisó que hubo tres demandas contra el mismo acto administrativo y en su momento el Municipio, a través de sus abogados, no fue capaz de pedir la acumulación de todas las acciones . Otro descuido se presentó en uno de los tres procesos, al quedar ejecutoriado y por eso se cayó, apareciendo "unos genios" que manifestaron en su momento que era necesario crear un nuevo acuerdo y revivir los actos administrativos anteriores.


 "Hay uno hecho cierto, los actos de administrativos pierden su vigencia durante los cinco años siguientes  al no haber hecho uso de ellos y eso se llama decaimiento administrativo; en ese sentido no podía el Concejo en ningún momento haber revivido esos actos. Pero ese Acuerdo 001 de 2010 goza de presunción de legalidad, enmarca el impuesto, está vigente y al no estar demandado ni suspendido por la jurisdicción contenciosa, se debe aplicar y cobrar el servicio de alumbrado público", explicó.

 La solución para Orlando Arciniegas es que el Alcalde presente al Concejo un nuevo proyecto que estructure el impuesto, las tarifas y sujetos pasivos del mismo. "En esas condiciones se acaba todo el problema, porque el Consejo de Estado ha dicho que los concejos municipales son los que tienen la potestad para aprobar ese impuesto que fue creado por la Ley 57 de 1905", concluyó.

Credito
EDWIN BALLESTEROS

Comentarios