Corte ordena a MinTic regular ubicación de antenas

EL ESPECTADOR - EL NUEVO DÍA
Un fuerte pronunciamiento hizo la Corte Constitucional al Ministerio de las Tecnologías y Comunicaciones para que cree los mecanismos que permitan regular la distancia entre las antenas de telefonía celular y las viviendas, hospitales, hogares geriátricos e instituciones educativas.

De acuerdo con el Alto Tribunal no existe en Colombia “una ley de regulación que proteja a las personas de la exposición a la radiación, limitando la responsabilidad, según el decreto 195 de 2005 a “unas referencias técnicas que limitan la emisión de la radiación”.

Según la alta providencia tampoco existe una entidad que se responsabilice del tema, ya que aunque el Decreto 4169 de 2011 establece a la Agencia Nacional del Espectro la responsabilidad del control sobre el espectro electomágnetico, la entidad señala que el responsable de ejecutar dicha tarea es el MinTic que “asegura que sólo tiene la función de vigilancia y control en materia de radiodifusión sonora”, señala el diario El Espectador.


Reubicación de antena en Fresno es prioritaria
La Sala Séptima de la Corte Constitucional avaló la tutela interpuesta por los padres de Luisa María Vélez de 16 años, que a los 12 años le fue diagnosticado “un tipo de cáncer denominado histiocitosis de células Langerhans, una rara enfermedad en la que células inmunitarias anómalas atacan al cuerpo, en lugar de combatir las infecciones”.     

Según señala El Espectador, desde ese entonces la oncóloga de la menor “en el Hospital Infantil Universitario Rafael Henao Toro, de Manizales, le recomendó evitar cualquier exposición a ondas electromagnéticas, ya que “existe evidencia de la relación entre la exposición a radiofrecuencia y el cáncer”.


Pero esto era imposible de cumplir ya que “a 26 metros de la habitación de Luisa María, en el municipio de Fresno, Tolima, hay una estación base de Telefónica Telecom, entregada en comodato a la empresa ATC Sitios de Colombia, que, a su vez, celebró un contrato con Comcel S.A. para la instalación de una antena de telefonía celular en el sitio”.


Y aunque la empresa retiró los equipos y suspendió las obras,  señala El Espectador en su publicación, existe temor a que en cualquier momento otra empresa de telefonía entre a operar pues no existen reglas ni por parte del Mintic, Medio Ambiente y en el POT de Fresno para la instalación y control en la altura que deben tener las torres que no deben sobrepasar los 12 metros.


Por esta razón la Corte le ordenó a la empresa Telefónica Telecom desmontar la estación base localizada en cercanías de la vivienda de la menor en Fresno, Tolima.     


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El Instituto Nacional de Cancerología señaló "que a pesar de que no es posible constatar una relación directa entre la radiación y las afecciones a la salud, no se pueden excluir por completo los efectos a largo plazo de la exposición a las ondas electromagnéticas emitidas por las antenas repetidoras de telefonía móvil".

Credito
EL NUEVO DÍA

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