Registraduría publica el calendario electoral para consulta popular en Piedras

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Para que la consulta popular prospere se requiere que la opción del “sí” alcance el 50 por ciento más uno de los votos que se depositen el próximo 28 de julio de 2013 y adicionalmente que participe no menos de una tercera parte del censo electoral habilitado para votar en dicho municipio.

Como está estipulado en el Artículo 55 de la ley 134 del 1994, “la decisión tomada por el pueblo en la consulta, será obligatoria. Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral”. 

De acuerdo con el calendario electoral, este viernes 12 de julio de 2013 se hará la designación de las comisiones escrutadoras y de los jurados de votación que prestarán su servicio durante la consulta.

El miércoles 17 de julio se publicarán las listas de los jurados de votación designados mediante sorteo.

La consulta popular para decidir si se está o no de acuerdo con la pregunta establecida mediante el Decreto 095 de julio 9 de 2013 de la Alcaldía Municipal de Piedras, Tolima, se desarrollará el próximo domingo 28 de julio de 8 am a 4 pm. Este mismo día iniciarán los escrutinios municipales y los departamentales, en caso de apelación, iniciarán el martes 30 de julio de 2013.

Desde la promulgación de la Constitución de 1991 se han realizado 17 consultas populares: 15 consultas de carácter municipal y dos distritales en Bogotá.

La pregunta

Los habitantes de este municipio deberán responder con “sí” o “no” a la pregunta: “Está de acuerdo, como habitante del municipio de Piedras, Tolima, que se realice en nuestra jurisdicción actividades de exploración, explotación, tratamiento, transformación, transporte, lavado de materiales, provenientes de las actividades de explotación minera aurífera a gran escala, almacenamiento y el empleo de materiales nocivos para la salud y el medio ambiente, de manera específica el cianuro y/o cualquier otra sustancia o material peligroso asociado a dichas actividades y se utilicen las aguas superficiales y subterráneas de nuestro municipio e dichos desarrollos o en cualquier otro de naturaleza similar que pueda afectar y/o limitar el abastecimiento de agua potable para el consumo humano, la vocación productiva tradicional y agrícola de nuestro municipio”.

Credito
REDACCIÓN EL NUEVO DÍA

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