Procuraduría destituye e inhabilita al Director del Sena Regional Tolima

REDACCIÓN - EL NUEVO DÍA
El representante regional del Ministerio Público determinó que Félix Ramón Triana cometió falta gravísima al celebrar un contrato por más de 157 millones de pesos.

La sala de audiencia de la Procuraduría Regional fue, ayer, el escenario donde se leyó el fallo que en nada benefició al director del Sena Regional Tolima, Félix Ramón Triana Gaitán.

La decisión: inhabilidad y destitución al directivo, para desempeñar funciones públicas por 10 años.

El representante regional del Ministerio Público, Luciano Ramírez, encontró que Triana Gaitán cometió falta gravísima con culpa gravísima, al celebrar, de manera indebida, un contrato por 157 millones 283 mil pesos.

Este proceso, que se adelantaba contra el directivo del Sena desde hace varios meses, hasta ayer fue resuelto en primera instancia por lo que la defensa informó su apelación.

Pero, ¿cuál fue el paso en falso que dio Félix Ramón para que terminara con esta sanción disciplinaria?.

La falta gravísima de Triana Gaitán

En el recuento del proceso que se hizo durante la diligencia, se dijo que para el 15 de abril de 2011, el Director del Sena Regional, declaró una urgencia manifiesta a través de la resolución 00116.

La decisión de decretarla se basó en que era necesario atender y contrarrestar la situación presentada con el servicio de vigilancia y seguridad privada en las instalaciones del Sena Regional Tolima.

De acuerdo con la investigación, esta resolución fue calificada como “arbitraria, inmotivada y sin que existieran los requisitos que señala la Ley 80 de 1993”.

Pero eso no es todo. En el marco de esta urgencia manifiesta, Triana Gaitán suscribió el contrato 025 con una empresa de seguridad para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad móvil, armada y con medios tecnológicos para todas las instalaciones y bienes de la entidad, por el valor antes mencionado.

La ‘improvisación’ del Director del Sena

Señala el Ministerio Público que al parecer el investigado habría utilizado indebidamente la figura de urgencia manifiesta para celebrar el mencionado contrato, “toda vez que esta figura es excepcional, imprevisible e intempestiva.

“Circunstancias que, al parecer, no se dan en el presente caso, pues el disciplinado tenía conocimiento de la necesidad de la continuidad del servicios de vigilancia, en razón al vencimiento del contrato del 2010, el cual finiquitaba el día 15 de abril de 2011, denotando con ello una absoluta improvisación”.

Vale la pena resaltar que la inconsistencia se evidenció cuando una delegada de la Contraloría para el sector social hizo el control respectivo sobre la procedencia de la urgencia manifiesta y concluyó que esta no se ajustaba a los presupuestos legales. La irregularidad entonces fue trasladada a la Procuraduría.

Para el Ministerio Público también fue reprochable la actuación de Triana Gaitán en el sentido de que era la primera vez en 10 años, que el Sena decretaba una urgencia manifiesta.

La apelación

Por ello, tras conocerse la decisión, el abogado defensor, Julio Andrés Lozano Lopera, informó que apelará la resolución de destitución e inhabilidad. Lozano Lopera tendrá que sustentar su apelación mañana en la misma sala de audiencia.

“Creemos que en la segunda instancia se va a revocar esta decisión (...). El día jueves estaremos presentando los respectivos alegatos con los fundamentos jurídicos y probatorios”, dijo el abogado.

Por lo pronto, según la misma defensa, Félix Ramón seguirá en su cargo, porque la decisión no ha quedado ejecutoria y se debe esperar la decisión de segunda instancia.

Credito
KIMBERLY CASTAÑEDA V.

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