Desmentidos rumores de posible inhabilidad de Jhon Ésper Toledo

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Algunos contradictores del aspirante a la Alcaldía han sembrado el ruido de que el liberal no podría participar en las elecciones 2015 por una condena en su contra.

Aunque falta poco más de un año para las elecciones locales, las precampañas políticas ya calientan motores.

Esta vez, opositores del aspirante a la Alcaldía de Ibagué, Jhon Ésper Toledo, han dejado entrever la posibilidad de que el liberal no pueda participar en los comicios de 2015, debido a una condena.

Sin embargo, EL NUEVO DÍA conoció que Toledo, aunque sí fue condenado en el 2011 por el delito de fraude procesal, fue absuelto en segunda instancia por el Tribunal Superior de Ibagué.

El proceso

El caso se remite a agosto de 2000, cuando se celebró un contrato de mandato entre Margarita Van Arke y la sociedad Unión del Círculo del 8 & Co. Esto para la administración del inmueble ubicado en la urbanización Arkamónica, cuyos arrendatarios eran Germán Darío Acevedo y Yolanda Peñaloza Quintero.

Las dos personas, según se lee en los hechos jurídicamente relevantes, al parecer se encontraban para ese fecha, adeudando algunos cánones de arrendamiento ya causados.

Toledo, quien era el representante legal instauró mediante poder transferido al abogado Alfonso Bello Gaitán, una demanda civil ante el Juzgado 11 Civil Municipal, contra los arrendatarios.

El proceso civil de mínima cuantía inició con el fin de hacer efectiva la obligación del valor.

Luego de realizado el cobro correspondiente, ellos aceptaron que el pagaré se llenara con el valor adeudado, con plazo a pagar de seis meses, en cuotas mensuales de 220 mil pesos, compromiso que no fue cumplido, por lo que se dio poder al abogado Alfonso Bello para instaurar la demanda.

Como consecuencia de la demanda instaurada ante el Juzgado Civil, varios bienes de la pareja, incluido el sueldo de la señora Peñaloza, habían sido embargados.

Ellos, según estipuló en la acción, le habían incumplido el pago de dicho pagaré, por valor de un millón 320 mil pesos, más los intereses causados desde agosto 5 del año 2000 (36 mil 250 pesos). Sin embargo, entre los documentos presentados por los dos demandados en las audiencias se pudo probar que ellos sí efectuaron los pagos.

El Tribunal lo halló inocente

Para la Sala Penal no había pruebas suficientes para ratificar la condena interpuesta contra Toledo en primera instancia.

Según el fallo de segunda instancia, “no se permite alcanzar la certeza requerida en relación con la existencia de alguna maniobra fraudulenta que le sea atribuible o dirigida a inducir un error a la funcionaria judicial que conoció de la acción civil ejecutiva de mínima cuantía para hacer efectivo el pago de una obligación supuestamente ya extinguida”.

Credito
KIMBERLY CASTAÑEDA V.

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