Corte Constitucional permite a los Concejos tomar decisiones sobre áreas mineras

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
El Concejo de Ibagué podría restringir áreas para desarrollar proyectos mineros en el municipio, sin necesidad de una consulta popular, según lo indicó la Corte Constitucional.

Con cinco votos a favor de los magistrados de la Corte Constitucional fue tumbada la ponencia que impedía las autoridades seccionales excluir zonas mineras en sus regiones y que era decisión exclusiva del Gobierno nacional, lo que indicaría que el Concejo podría tomar decisiones al respecto sin necesidad de desarrollar una consulta popular. 

De esta manera se tumba el artículo 37 del Código de Minas, o Ley 685 del 2001, que indicaban que ninguna autoridad regional, seccional o local podían excluir zonas del territorio a la minería. Aunque es de indicar que debe justificarse las razones técnicas por las cuales son zonas especiales de protección donde no se puede desarrollar dicha actividad. 

La decisión en Sala Plena fue tomada por los magistrados: María Victoria Calle, Gloria Stella Ortiz, Luis Ernesto Vargas, Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas, pero obtuvo cuatro votos en contra por parte de los magistrados Jorge Pretelt, Luis Guillermo Guerrero, Gabriel Eduardo Mendoza y el ponente Alejandro Linares, quien argumentaba que ese artículo ya se había debatido en la corte y tomado una decisión. 

Credito
EL NUEVO DÍA IBAGUÉ

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