Audiencia contra la elección de la Secretaria del Concejo

Se cumplió la audiencia contra la secretaria general del Concejo de Ibagué, Doris Caviedes; el magistrado ponente Carlos Arturo Mendieta, determinó desfavorables las excepciones propuestas por el abogado apoderado de la Secretaria y el del Concejo, por lo tanto la defensa interpuso la apelación para que el Consejo de Estado estudie el hecho.

La discusión se planteó en que si la elección de la secretaria se desarrolló o no, mediante audiencia pública, y si los términos empezarían a contar el día siguiente, es decir el 8 de enero, y no el 17 de febrero de 2016 en que se publicó el acta de elección, tal como lo manifestó el demandante.

El magistrado ponente argumentó que el Consejo de Estado se pronunció en el caso de la elección del Contralor General de la Nación Edgardo José Maya Villazón, en el que el competente para la elección fue el Congreso de la República, y no en audiencia pública; pero según la defensa en la elección de la secretaria, considera que el Concejo no es parte de la rama legislativa, sino ejecutiva y no habría similitud, por lo tanto se interpuso la apelación.

Cabe desatacar que no habrá audiencia de alegatos tal como sucedió con el proceso del Contralor municipal, pero sí contrario al del Personero de Ibagué, es así que tendrán hasta el 12 de agosto para presentar por escrito los alegatos, y que posteriormente se publique el fallo.

Consejo de Estado exhorta al Tribunal

Fue emitido el fallo del Consejo de Estado en el que se confirma la decisión del Tribunal Administrativo del Tolima de declarar no probadas las excepciones previas ante el proceso de nulidad de elección del Personero de Ibagué, Julián Andrés Prada, pero aún así, hizo un llamado de atención al Tribunal.

“Se exhorta al Tribunal Administrativo del Tolima para que en adelante conceda el recurso de apelación contra la decisión de las excepciones previas y mixtas en efecto suspensivo”.

Ante esto, el contralor municipal electo, Ramiro Sánchez, expresó: “En mi caso cuando se hizo la audiencia táctica de pruebas, el abogado hizo la misma solicitud al Tribunal y fue negada, el togado del Concejo municipal manifestó que se le debió tener en cuenta el carácter suspensivo y no devolutivo como se dio en su momento; siendo esto muy similar al caso del Personero, contestado por el Consejo de Estado”.

Credito
EL NUEVO DÍA

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