Aceptadas las impugnaciones de Anglogold y de ambientalistas contra fallo del Consejo de Estado

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
La multinacional tras el proyecto La Colosa y el comité que promueve la consulta popular pidieron que se analice en segunda instancia el fallo que declaró inconstitucional la pregunta para el proceso electoral.

El Consejo de Estado aceptó el análisis de las impugnaciones presentadas por Anglogold Ashanti, y la del comité promotor de la consulta popular minera de Cajamarca, ante la decisión en primera instancia que tomó el alto tribunal en la que se declaró inconstitucional la pregunta, y que ordenó al Tribunal Administrativo del Tolima cambiar su decisión de avalarla.

Anglogold

Con la impugnación, la multinacional pretende que se modifique el fallo, para que aclare si la iniciativa de la consulta popular se puede fundamentar en el artículo 33 de la ley 136 de 1994, que reza:

“Cuando el desarrollo de proyectos de naturaleza turística, minera o de otro tipo amenace con crear un cambio significativo en el uso del suelo, que dé lugar a una transformación en las actividades tradicionales de un municipio, se deberá llevar a cabo una consulta popular de conformidad con la Ley. La responsabilidad de estas consultas estará a cargo del respectivo municipio”.

José Gregorio Flórez, gerente del área legal del proyecto minero, indicó: “La norma que habían utilizado de fundamento está derogada de acuerdo con un pronunciamiento de la Corte Constitucional, pero el Consejo de Estado dice que no en el fallo, que la norma está vigente para ellos, entonces teniendo en cuenta esto impugnamos, para que el Consejo de Estado nos defina si está vigente o no”.

La multinacional hizo precisión en que de ninguna manera está pidiendo que se revoque el fallo, sino que sea evaluado el tema y se dé claridad a la norma, análisis que debe efectuarse conjuntamente con la impugnación presentada por el comité promotor de la consulta, que sí está solicitando derogar el fallo en primera instancia, y de encontrarse expresiones inconstitucionales en la pregunta, permitir modificarla.

Lo jurídico

En manos de la Sección Primera de lo Contencioso Administrativo estará la decisión, que tendrá libertad en los tiempos para expedir el fallo de segunda instancia, aunque en Cajamarca esperan que se surta con agilidad para conocer si se podrá desarrollar o no la consulta popular minera convocada.

Ambas impugnaciones fueron radicadas tan pronto culminó la vacancia de la rama Judicial, considerando que es la instancia única en el mecanismo procesal al cual pueden acudir. Es de recordar que el comité promotor tiene previsto radicar cerca de 10 mil firmas en el Consejo de Estado indicando que los cajamarcunos solicitan que se surta el proceso electoral.

A pesar de que el Tribunal Administrativo del Tolima no ha sido notificado de la decisión en primera instancia del Consejo de Estado, en la que se le otorgaba tres días para cambiar el aval entregado a la pregunta para la consulta de Cajamarca, deberá esperar la nueva decisión debido a las impugnaciones.

Dato

Para este domingo 22 de enero había sido convocada la consulta popular minera de Cajamarca, pero ante una tutela presentada por la multinacional Anglogold Ashanti, fue suspendida.

Credito
HERYK FARFÁN

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