El investigado fue condenado en Venezuela a pena privativa de la libertad por el delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en 2007.
Con esta conducta el cabildante contravino la Constitución, que en su Acto Legislativo 01 de 2009, artículo cuarto, establece que no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por narcotráfico en Colombia o en el exterior.
La falta del funcionario fue calificada por la Procuraduría Regional del Tolima como gravísima, cometida a título de culpa gravísima.
Los hechos por los cuales efue condenado sucedieron el 10 de enero de 2007 y según el fallo emanado por el Tribunal Tercero de San Antonio del Táchira, Villamizar Peña fue con Raúl Ricardo Ramírez Quintero a enviar una encomienda con destino a Cádiz (España).
El contenido era material artesanal, una mochila, una atarraya, un vestido con la inscripción Honda y otros elementos; al ser revisados, encontraron en su interior cuatro kilos 200 gramos de cocaína, por lo que fueron detenidos en flagrancia.
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