Corte Constitucional decidió sobre consultas populares en el país

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
Con un resultado de cinco votos a favor y uno en contra, la Sala Plena de la Corte Constitucional falló a favor a la empresa Mansarovar Energy Colombia en una tutela que esa firma presentó en contra del Tribunal Administrativo del Meta. En su decisión, además, limitó las consultas populares en temas de proyectos mineros extractivos en el territorio nacional.

El alto tribunal aprobó la ponencia de la magistrada Cristina Pardo quien aseguró que se debe tener en cuenta que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales.

La ponencia de Pardo, no obstante, también señaló que esas consultas se han convertido en una forma de las comunidades de expresar sus inquietudes y su rechazo, en parte porque no existen mecanismos de participación ciudadana para manifestar su oposición.

El origen de esta polémica se suscitó luego de que algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) promovieran una consulta popular en junio de 2016, en la que solicitaban adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos.

Para ese entonces la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.

Una vez se conocieron todos los argumentos, la empresa Mansarovar Energy Colombia Ltda, emprendió una acción de tutela ya que resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).

 

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