Presuntas inhabilidades de candidatos Orozco y Pinto serán definidas por el CNE

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
En audiencia pública, el Consejo Nacional Electoral estudiará hoy las solicitudes de revocatoria de inscripción contra Ricardo Orozco. También deberá analizar una contra Mauricio Pinto.

Un día decisivo tendrá hoy la campaña de Ricardo Orozco a la Gobernación. A las 5 de la tarde se llevará a cabo en el Consejo Nacional Electoral (CNE) la audiencia pública sobre el proceso de revocatoria de inscripción de su candidatura por supuestas inhabilidades.

En la diligencia, citada por el magistrado tolimense Luis Guillermo Pérez Casas, se revisarán tres solicitudes: 1) por haber sido retirado de la Policía. 2) por posible incompatibilidad al haber fungido como gobernador encargado. 3) por haber sido condenado por el delito de tentativa de homicidio.

Las dos primeras solicitudes fueron interpuestas por el periodista Andrés Restrepo Falla, mientras que la restante fue presentada por el ciudadano Jhony Ángel Mena Herrera.

En concreto, en una de las peticiones se señala que Orozco no podría aspirar al cargo, porque en marzo de 1990 fue destituido de la Policía, incurriendo en una causal de inhabilidad contemplada en el artículo 30 de la ley 617 de 2000, que señala que no podrá ser inscrito como candidato quien haya sido excluido del ejercicio de una profesión.

La segunda, invocando la mencionada ley, se afirma que Orozco está presuntamente inhabilitado porque en la actual Administración departamental, siendo Secretario del Interior, se desempeñó en varias ocasiones como gobernador en calidad de encargado.

Y en la tercera se sostiene que Orozco no está habilitado para aspirar porque en 1999 un Juez Penal del Circuito de Mocoa lo condenó a nueve años de prisión al haberlo encontrado responsable por el delito de tentativa de homicidio. Vale recordar que esta sentencia quedó sin efecto luego de que el Tribunal Superior de Pasto, en virtud de una acción de tutela, ordenara al juzgado dictar una nueva decisión. Para entonces, ya había prescrito la acción penal.

Al respecto, el candidato Orozco ha dicho que las peticiones hacen parte de una estrategia de campaña negra. Entre tanto, el abogado Julio César Montañez Roa desestimó las solicitudes que interpuso Restrepo Falla.

Frente a la primera, el jurista señaló que la ley indica que solo puede quedar en firme una sanción cuando el funcionario o la persona tiene un título universitario y, para ese momento, Orozco era agente de Policía y estaba subordinado a un superior.

Frente a la otra, el abogado dijo que tanto el Consejo de Estado como la Corte Constitucional precisaron que el término no es de 24 meses sino de 12, contados a partir de la inscripción de la candidatura.

“Es decir, Ricardo Orozco hubiera estado inhabilitado si hubiera inscrito su candidatura dentro de los 12 meses siguientes a la fecha en el que tuvo el último encargo, pero la información que tengo es que el encargo fue en abril de 2018 y la inscripción fue en agosto de 2019, es decir, son más de 12 meses”, dijo en declaraciones a medios de comunicación la semana anterior.

 

CNE dará prioridad

Vale mencionar que el CNE se declaró en sesión permanente, porque debe definir antes del 25 de octubre las demandas que hay contra más de 200 candidatos a diferentes cargos que aspiran en las elecciones.

Estas denuncias, en su mayoría, están instauradas por el delito de doble militancia, inhabilidad para aspirar, entre otros, motivo por el cual los magistrados determinaron volver a aplazar, por segunda vez, el proceso que se cursa contra el expresidente Juan Manuel Santos, por la financiación en la campaña en la reelección de 2014, en donde presuntamente recibió ‘ayudas’ de manera irregular de Odebrecht.

 

También piden revocar aval a Pinto 

Pero Orozco no es el único que está siendo señalado de estar inhabilitado. Mauricio Pinto, candidato a la Gobernación por el Centro Democrático, también deberá acudir al CNE a defenderse por una solicitud de revocatoria de inscripción que interpuso el ciudadano Daniel Brochero. La audiencia está por definirse.

Según la petición, presentada el 25 de septiembre, Pinto no podría aspirar porque en 1996 fue condenado a 35 meses de prisión por lesiones personales dolosas contra una mujer llamada Olga Lucía Monroy, incurriendo así en una causal de inhabilidad.

Para sustentar la solicitud, se refiere una nota del portal Cambio In sobre la supuesta inhabilidad del aspirante con base en una minuta correspondiente al Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué, que habla sobre el contenido del fallo, el cual está “desaparecido”, según señala el medio.

En su más reciente columna, el abogado y periodista Iván Ramírez narra que intentó -sin éxito- conocer el fallo. Según cuenta, solicitó copia del documento al Juzgado Décimo Penal Municipal, pero este le respondió que su archivo está a cargo del actual Juzgado Séptimo Penal Municipal.

En una nueva solicitud a este despacho, relata que le informaron “que no hallaron en el archivo el citado proceso y que por un desorden interno de la oficina encargada del sistema escritural no es posible entregar por ahora lo solicitado. Es decir, el proceso está desaparecido”.

Credito
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