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Para el abogado, quien participó en el proceso de elección, se violaron varias normas. En primer lugar, mencionó que la Corporación Centro de Consultoría, Investigación y Edición Socioeconómico no era idónea para adelantar el concurso ya que no es una universidad o institución de educación superior pública o privada.
Adicional a esto, las actividades de realización, apoyo o gestión a procesos de selección de personal no están incluidas dentro del objeto social de la Corporación.
“Así las cosas, las distintas etapas del proceso de elección han sido adelantadas por una entidad que no es idónea, lo que de paso conlleva a que la persona elegida en dicho proceso no cumple con los parámetros correspondientes a un proceso meritocrático, vulnerando indudablemente la carta política, en especial el principio constitucional del mérito”, aseguró el abogado a través de su apoderada.
Esta es la segunda demanda de nulidad que se presenta ante el Tribunal con la misma pretensión. El abogado Luis Felipe Aranzales también sostiene que la mencionada corporación no tiene la idoneidad ni las capacidades técnicas y jurídicas para haber adelantado el proceso.
Ambos abogados solicitaron al Tribunal decretar una medida cautelar que suspenda provisionalmente el acto de elección.
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