‘El fallo de Clifor es el inicio de muchas protecciones a animales’

Crédito: Suministrada - EL NUEVO DÍA
Tolima fue escenario esta semana del primer fallo de tutela que protege los derechos fundamentales de un perro. Enrique Arango, abogado que llevó el caso, explicó cómo se logró salvar la vida del ‘peludo’ al reconocerse como miembro de una familia.
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Para entender un poco el origen del caso, ¿cuál es la complejidad de salud del perro Clifor y la dificultad que existía para acceder a un medicamento esencial?

Clífor es la vida de Lina Sofía Lozano. El perrito estaba convulsionando a causa de una epilepsia idiopática que solo puede ser controlado con Fenobarbital, un medicamento del monopolio del Estado.

Es decir, para el caso del Tolima, la única entidad autorizada para venderlo es la Secretaría de Salud de la Gobernación.

La receta del veterinario ordena la compra de tabletas cada dos meses, pero en junio no pudo conseguir el medicamento porque no había atención al público debido al Covid-19.

Ella intentó acceder al fármaco en farmacias veterinarias y en otras ciudades, pero no fue posible. Clifor empezó a convulsionar y estuvo a punto de morir.

 

¿Cuáles fueron los argumentos para defender los derechos del perro?

El argumento principal de la tutela fue enfocarla en el concepto de multifamilia. En el país se han garantizado jurídicamente diferentes tipos de familia porque es un derecho fundamental. Entonces, nosotros enfocamos la tutela manifestando que la familia de Lina, que estaba compuesta por ella y el perrito, estaba ante el peligro de extinguirse porque era muy posible que Clifor muriera.

Cuando uno mira el fallo de tutela, el juez hace un estudio de las multiformas de familia en las que efectivamente dice que a todas se les debe garantizar y proteger ese derecho fundamental, pero además señala que se debe garantizar el derecho a la supervivencia del perrito. Es decir, se le garantiza la vida a Clifor expresamente.

 

¿Qué supone esta decisión para el bienestar de los animales?

Es un gran avance para el ordenamiento jurídico y la sociedad. Los animales hacen parte de la familia. De hecho, hay gente que quiere más a su mascota que a muchos parientes. La decisión es histórica. Es como una sentencia hito que marca el inicio de muchas protecciones de derechos de otros animales. Va a ser el punto de partida para garantizar su protección en circunstancias similares por el derecho a la igualdad.

Entonces, es un gran avance para el mundo jurídico. Todos tenemos que evolucionar en pensamiento y las normas deben adecuarse a los nuevos avances de la sociedad. Antes el animalito era visto como una cosa y no era reconocido como ser sintiente que hace parte de la familia. Antes se había buscado su protección, pero se decía que no son sujetos derechos. Todos habían llegado como a la línea de la meta, pero este punto de la familia fue lo que llevó a que pasara la meta.

 

Esta tutela evidenció que la Secretaría no contaba con el medicamento porque le debe más de $6 millones al Fondo Nacional de Estupefacientes…

Sí. De la tutela salieron cosas que no conocíamos. La primera y más importante es que ellos no tenían unidades del fármaco porque le deben unos recursos al Fondo Nacional de Estupefacientes, cuando existe el deber jurídico de que exista disponibilidad porque no solo es para animales sino para en humanos. La orden de juez salió que a las 48 horas tenían que suministrar el medicamento de alguna forma. Al otro día del fallo, me llamaron y nos dijeron que ya podíamos acceder el medicamento. Lo consiguieron en préstamo con la Secretaría de otro departamento.

 

¿Cuál era el antecedente más cercano a una decisión semejante a esta?

Hay un caso muy conocido en el que se buscaba proteger los derechos fundamentales del oso Chucho. Se trató con un habeas corpus para que saliera del zoológico de Barranquilla y fuera liberado, pero la Corte Constitucional manifestó en su momento que los animales eran sujetos de protección pero no de derechos. En realidad, los jueces no han sido muy progresistas en ese sentido cuando ya el ordenamiento jurídico garantiza los derechos de ellos.

Si bien es cierto que ya hay delitos penales por el maltrato a los animales, hay muchas normas que dicen que a los animales hay que protegerlos de la sociedad, de los particulares, del Estado, para que no se les pueda causar dolor ni se les afecte su vida ni por acción o por omisión, pero en materia constitucional, estos temas no habían sido tocados, seguramente porque son derechos que no están previstos en la Constitución sino en otro tipo de normas. Por eso algunas tutelas en su momento no les daban aplicación aún cuando se pueden hacer.

 

Credito
EL NUEVO DÍA

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