‘Fallo de la Cidh no nos puede llevar a la impunidad’, Fernando Carrillo

Crédito: COLPRENSA - EL NUEVO DÍAFernando Carrillo, procurador General de la Nación.
En entrevista con el abogado y periodista Guillermo Pérez, para El Nuevo Día, el Procurador General de la Nación dijo que el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Gustavo Petro es una oportunidad para la entidad de control.
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¿Cree que con el fallo de la Corte Interamericana la Procuraduría deja sin dientes para luchar contra la corrupción porque solo los jueces penales podrían sancionar?

Acá está de por medio la posibilidad de crear más garantías para los investigados. Hay que pedir unas aclaraciones a la Corte Interamericana porque en el fallo no menciona cómo se hace compatible la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 23 de derechos políticos con la necesidad de combatir conductas de personas elegidas popularmente que han cometido faltas gravísimas. Hay una serie de conductas de connotación disciplinaria pero no se van a convertir en delitos. Lo que pide la Corte es ajustar unas normas a nivel de competencias, pero hacer eso no nos puede llevar a la impunidad ni a bajar la guardia en la lucha contra la corrupción.

Pero mientras llega la aclaración, ¿siente que pierde herramientas la entidad?

Recibimos la recomendación de la Corte de ajustar las normas y nos sentamos a hacerlo, pero no se convertirá esto en una claudicación frente a la corrupción. De lo contrario, sería un blindaje absoluto de los funcionarios de elección popular cuando más o menos la mitad de las sanciones disciplinarias de actos gruesos de corrupción se pueden cometer en esas instancias. ¿En qué puede terminar la Procuraduría si no se sabe orientar esto disciplinando funcionarios de segundo o tercer nivel a nivel departamental o municipal? Eso hay que evitar entregando mayores garantías a los disciplinados como el control automático del Consejo de Estado. Esta es una gran oportunidad para fortalecer las competencias disciplinarias de la Procuraduría y de otros entes que tienen que seguir combatiendo la corrupción.

¿Qué opina de una constituyente para hacer una gran reforma la justicia?

Creo en esa idea en la medida que uno pudiera restringirla como lo hizo el presidente López en la mitad de los años 70. Lo que uno siempre se pregunta es si se puede acotar el temario como lo logró él. Esto nos tomaría un año y medio o dos. Se llevaría todo el resto de Gobierno del presidente Duque. Eso no es práctico ni efectivo al punto que el partido de Gobierno (Centro Democrático) ya recogió la propuesta de la constituyente y está hablando ahora de un referendo. Y como siempre se ha dicho, casi que se ha vuelto en sabiduría popular: uno sabe dónde comienza una constituyente, pero no dónde termina. Además, no tenemos un consenso político en este momento para hacerla.

¿Y no cree en un referendo podría polarizar más el país?

Creo que sí. Ese es un riesgo altísimo. Para meterse en una aventura de este calibre hay que tener unos procesos políticos mínimos. Va a ser muy difícil por los extremismos y la crispación que estamos viviendo. Creo que el palo no está para cucharas. Me parece que hay que buscar un gran acuerdo que sea producto de un consenso donde se escojan unos temas, se sienten personas de las más diversas tendencias y ahí si dar el paso de adoptar una herramienta de esta envergadura.

¿Qué le falta al país para incorporar ese espíritu de concertación?

Creo que diálogo social. Es poder sentar en una mesa a los contradictores para ponerse de acuerdo sobre los mínimos. Esa Colombia tan diversa con una cantidad de diferencias ideológicas, pero busquemos un espacio común. Aunque sea pongámonos de acuerdo en la defensa del derecho a la vida. Aquí no nos podemos seguir matando y tiene que llegar la convivencia a los territorios. Es voluntad, pero se necesita crear el espacio para que la gente sienta confianza.

 

La posición de la MOE frente al fallo

Frente a la decisión de la Cidh, Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), dijo que “reitera la necesidad de una reforma que modifique los procesos sancionatorios que se adelanten contra los funcionarios públicos de elección popular, tal y como lo ha señalado la MOE desde hace años, en las distintas iniciativas de reformas constitucionales políticas y electorales”.

Para la MOE, el artículo 23.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos (1969), es clara en el sentido de que no permite que un órgano administrativo, como la Procuraduría pueda aplicar una sanción que implique una restricción para el ejercicio de los derechos políticos a elegir y ser elegido, pues para ello se requiere una decisión de un juez competente que determine que efectivamente se cometió un delito.

Por esta razón, señaló la MOE, se han planteado alternativas como el dejar estas competencias en manos de jueces electorales o establecer como competencias de la Procuraduría la investigación y acusación de los funcionarios de elección popular, para que sea un juez quien resuelva sobre las conductas que se hayan desarrollado. Esto último siendo un elemento clave como garantía procesal, pues no debe darse un juicio en el que quien acusa es también quien juzga, siendo entonces juez y parte.

A raíz de esto, la MOE solicitó al Congreso que se presente un proyecto serio que contemple al menos las siguientes reglas para la restricción de los derechos políticos de los funcionarios popularmente elegidos: 1) Una autoridad administrativa no puede afectar los derechos políticos. 2) Se pueden afectar esos derechos a partir de una condena penal y no por una sanción administrativa. 3) Deben darse las garantías de imparcialidad y presunción de inocencia en los procesos, evitando que en el proceso quien falla no sea el mismo sujeto que acusa.

Finalmente la MOE advirtió que el fallo hace referencia a que una autoridad administrativa no puede generar inhabilidades que restrinjan el ejercicio de los derechos políticos, lo que hace necesario que se tengan en cuenta las modificaciones que deban hacerse al régimen de inhabilidades para ser candidato y así mismo que el Consejo Nacional Electoral tenga en cuenta estos criterios en el momento de la revocatoria de inscripción de candidaturas.

Credito
EL NUEVO DÍA

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