Tribunal no reconoció a la veeduría en el proceso contra el alcalde Hurtado

Crédito: Archivo / EL NUEVO DÍAAhora el Juzgado fijará una nueva fecha para continuar con el juicio oral contra el alcalde Andrés Fabián Hurtado.
No es la primera vez que se trata de mostrar una aparente complejidad, lo que ha ocasionado dilación en el proceso que está en curso en contra del burgomaestre.
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El Tribunal Superior de Ibagué con ponencia de la magistrada María Mercedes Mejía Botero confirmó la decisión del Juez Segundo Penal del Circuito, en la cual negó el reconocimiento como víctima a la Veeduría Ciudadana Vigilancia y Control Posterior de la Función Pública y Manejo de los Recursos Públicos del Aeropuerto de Ibagué, dentro del juicio oral contra el alcalde de Ibagué Andrés Fabián Hurtado Barrera.

El togado para el pasado 22 de enero, durante la audiencia de juicio oral que se sigue contra el mandatario local por los delitos de peculado por uso y ocultamiento, alteración o supresión de elemento material probatorio, negó tal pretensión la cual fue apelada por la abogada de la audiencia a la veeduría, cuyo representante legal es Briyith Alape Soto.

Es de recordar que esta Veeduría compareció por primera vez en la audiencia virtual con el abogado Efraín Zea Trujillo el 15 de diciembre de 2020, dicha diligencia judicial fue suspendida, se retomó el 22 de enero, con la abogada Sandra Gómez.

Con esta jurista, la Veeduría siguió con su interés inusitado de ser reconocida como víctima y ante la negativa, apeló la decisión, la cual fue negada en segunda instancia.

 

La rechazaron

Es de recordar que durante la audiencia, los representantes del Ministerio Público, la delegada de la Fiscalía, el apoderado de la Aeronáutica Civil y el defensor se opusieron a la misma.

Incluso la Fiscalía fue enfática y rechazó de plano la solicitud y puso de presente los resultados de las órdenes a Policía Judicial que libró a efecto de verificar, si la mencionada veeduría gozaba de viabilidad para constituirse como tal.

Entre los resultados expuestos señaló la delegada del ente acusador que se obtuvo información de la Personería Municipal de no haberse solicitado tal reconocimiento y por lo tanto, no existe resolución donde se inscriba o reconozca a esa veeduría para los fines pertinentes.

Resaltó además, que la veeduría solicitó su inscripción con dos nombres distintos y que luego de realizar las averiguaciones correspondientes, encontró que las direcciones que aportaron sus representantes, por lo menos las de la ciudad de Ibagué, son falsas.

Además, que el objeto de la Veeduría el cual supuestamente es la vigilancia, control posterior de la función pública y manejo de los recursos públicos del Aeropuerto, luego cambió para ejercer vigilancia, control y acompañamiento de la administración pública del municipio, que nada tiene que ver con el uso del aeropuerto.

 

Más de la decisión

Enfatizó la sala, que en la primera audiencia en la cual intervino el profesional Efraín Zea, en poder de la veeduría ciudadana, no dijo nada respecto del presunto daño sufrido por su representada.

Así mismo, tal como lo hizo el Juez del Circuito se rompería el equilibrio al existir múltiples partes e intervinientes y a la Veeduría velando por los intereses del Estado, contra la defensa, en un evidente quebrantamiento del principio de igualdad de armas. Y que quien vela en este proceso judicial por los derechos invocados por la Veeduría están a cargo del Ministerio Público.

Por último, advirtió la sala que sería del caso ordenar compulsar copias ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Tolima y la Fiscalía seccional para que se investiguen las conductas que dio a conocer la Fiscal del caso en la audiencia, quien en la diligencia judicial señaló que ya había dado la orden a su asistente de efectuar la compulsa de copias.

Credito
EL NUEVO DÍA

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