Pedirán indemnización para niña que comió oblea con vidrios en Ibagué

Crédito: Jorge Cuéllar/EL NUEVO DÍALa menor tuvo que pasar hospitalizada el Año Nuevo por la oblea con vidrios.
De manera virtual y ante la Procuraduría, se llevará a cabo este viernes, desde las 11:30 de la mañana, la audiencia de conciliación por el caso de la niña que el 31 de diciembre de 2019 ingirió una oblea con fragmentos de vidrios en un establecimiento de comidas del centro comercial Acqua.
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En la diligencia, que tendrá como convocados a Enrique Arango, abogado defensor de la menor y su familia; la propietaria de ‘Dulces y Obleas Willy’, la Alcaldía de Ibagué e Invima, se espera que las partes logren un acuerdo, en el que la víctima reciba una indemnización por los perjuicios causados.

Y es que, según relató Arango, por los cortes y heridas en su boca, así como un diagnóstico de “partículas y cuerpo extraño en el esófago”, la menor -de siete años para el momento de los hechos- tuvo que permanecer hospitalizada hasta el 2 de enero de 2020.

Si bien la niña fue dada de alta porque no tuvo dolor abdominal, náuseas o vómito, tuvo que pasar la celebración de Año Nuevo hospitalizada, con estrés, tristeza y cables conectados. “Fueron días de mucho sufrimiento y angustia por parte de la menor y su familia, debido a las lesiones sufridas”, señaló el abogado.

Ese día, la propietaria del establecimiento le dijo a Linda Benítez, madre de la menor, que incidentes parecidos habían ocurrido antes por presunta culpa de un proveedor y que ella no tenía la culpa ya que se trataba de un accidente que le podía ocurrir a cualquier persona. 

 

El puesto no cumplía requisitos: abogado

 

De acuerdo con el abogado Arango, semejante calamidad se hubiera podido evitar si las entidades de vigilancia y control hubieran cumplido su labor con estricto rigor, pues el establecimiento de comidas no tenía en regla todas las exigencias para su funcionamiento.

Por un lado, la Secretaría de Salud de la Alcaldía, tras una inspección sanitaria efectuada el 16 de junio de 2019, dio un concepto favorable al puesto pese a que no cumplía con el requisito de tener un manual de saneamiento, como lo exige la norma. Así pues, el 31 de diciembre de ese año no podía estar ofreciendo sus productos. 

Según el instructivo del Invima, “en caso de que uno o más de los aspectos a evaluar sea identificado como crítico y calificado como inaceptable (como ocurrió en este caso), independiente del porcentaje de cumplimiento obtenido, el concepto sanitario a emitir será desfavorable y se procederá a aplicar la medida sanitaria de seguridad respectiva’’.

“El centro comercial Acqua Power Center de manera indirecta ofreció al público por medio de un establecimiento de comercio ubicado en las zonas comunes productos alimenticios sin cumplir con todas las exigencias para tener registro sanitario favorable, sin estar inscrito ni tener notificación sanitaria NSA, permiso sanitario PSA o registro sanitario RSA, expedido por el Invima”, indicó.

 

DATO

 

Si no prospera un acuerdo conciliatorio entre las partes convocadas, dará inicio un proceso formal de responsabilidad. 

Credito
Redacción Política

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