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Según la Corte, la vicepresidenta violó los principios de laicidad y los derechos fundamentales de libertad religiosa y libertad de conciencia cuando utilizó sus redes sociales para promover o identificar el Estado en general con una religión en particular.
El hecho tiene que ver con una afirmación que hizo Marta Lucía Ramínez en la que le encomendaba el país, que atraviesa por una crisis por cuenta del Covid-19, a la Virgen de Fátima.
“Hoy consagramos nuestro país a nuestra señora de Fátima elevando plegarias por Colombia para que nos ayude a frenar el avance de esta pandemia y que Dios mitigue el sufrimiento de los enfermos, el dolor de los que perdieron seres amados y nos permita repotenciar nuestra economía para generar millones de empleos que acaben con la pobreza”, escribió la política en su cuenta de Twitter.
Aunque borró el tuit, la Corte le llamó la atención por el mensaje.
“Los altos funcionarios del Gobierno Nacional desconocen el principio de laicidad y los derechos fundamentales a la libertad religiosa y de cultos y a la libertad de conciencia, cuando utilizan sus cuentas personales de las redes sociales para promover, adherir o identificar al Estado con una religión en particular y se demuestra que el mensaje tiene un carácter oficial”, señaló ese tribunal.
#LaCorteInforma 📰 I Corte advirtió que la Vicepresidenta de la R. desconoció la neutralidad religiosa del Estado al publicar en sus redes sociales un mensaje acompañado con el escudo nacional y el slogan del Gobierno N. mediante el cual consagraba al país a la Virgen de Fátima. pic.twitter.com/PF8p6lDsta
— Corte Constitucional (@CConstitucional) May 19, 2021
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