El nuevo decreto 1330 sobre condiciones de calidad en la Educación Superior

SUMINISTRADA - EL NUEVO DÍA
Se deduce que la aplicación de este decreto producirá varias transformaciones en la oferta de programas académicos en la Educación Superior.

A través del decreto nacional 1330 del 25 de julio pasado, se deroga la norma vigente durante once años (decreto 1280 de 2008) sobre el registro calificado que cada universidad o institución de Educación Superior debe cumplir sobre las condiciones de calidad educativa exigible para la oferta de los programas académicos de formación profesional o de posgrado.

Se deduce que la aplicación de este decreto producirá varias transformaciones en la oferta de programas académicos en la Educación Superior. Al establecer un “Registro calificado único”, cada institución tiene la autonomía para ofrecer sus programas en cualquier parte de Colombia, en las modalidades presencial, distancia, educación virtual y dual, es decir, podrá combinar modalidades y no necesita registro calificado para cada lugar donde haga sus ofertas.

Como consecuencia, las ofertas de educación a distancia pasarán de los 500 mil estudiantes actuales, y queda abierta la opción para que el Instituto de Educación a Distancia de la Universidad del Tolima crezca en sus ofertas, inclusive en cada uno de los 47 municipios del departamento. La presencia actual de 25 universidades en el Tolima, en el término de un año podrá duplicarse y la matrícula de Educación Superior que venía cayendo en el último año en todo el país, volverá a incrementar su cobertura.

El proyecto de decreto fue ampliamente divulgado antes de su expedición en 29 talleres regionales y se consultó a los rectores y las organizaciones educativas de este nivel. La idea es satisfacer reclamos que se venían haciendo en cuanto a que se gastaba mucho tiempo en el cumplimento de los trámites y requisitos establecidos por el Decreto 1280 de 2008. Se gana en diversidad de ofertas, se modifica la exigencia de una formación en competencias por “objetivos de aprendizaje”, lo cual implica reformas curriculares para que los aprendizajes también tengan en cuenta el cómo, el por qué y el para qué de tales aprendizajes.

La Directora de la Oficina de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad del Tolima, Carmen Beatriz Cuervo, manifestó sobre algunos de los componentes del decreto 1330 “Llevar programas a otras sedes y crear nueva oferta de programas en las diferentes modalidades: presencial, a distancia, virtual, dual u otros que combinen e integren las anteriores modalidades y metodologías adecuados con las necesidades poblacionales y territoriales. El cambio de una evaluación estandarizada a una evaluación que ha considerado las diferencias entre la formación técnica, tecnológica, universitaria; de maestría y doctorado”.

 

Vendrán otros cambios 

Por primera vez en esto del registro calificado de programas académicos, se pone la mirada sobre ofertas de Educación Superior en las zonas rurales de Colombia. En el decreto 1330, se establece que el Ministerio de Educación Nacional, en el término de 12 meses, reglamentará la oferta educativa que se hará para las zonas rurales. Se supone que habrá mayor flexibilidad en los procesos de adquisición del registro calificado, lo cual es positivo.

Quedan pendientes, las reformas que Conaces deberá hacer a las guías sobre el registro calificado que se aplica en el proceso.

A cada institución de Educación Superior y, principalmente a la Universidad del Tolima que es la de mayor población estudiantil, le queda el reto de adecuar su proyección de futuro académico, con base en este nuevo decreto. Principalmente en cuanto a las ofertas académicas que hace el Idead, unidad que deberá avanzar de la modalidad de educación distancia hacia la Educación Virtual, modalidad que tendrá un crecimiento significativo en los próximos años en todo el país.

Para hacer ofertas de Educación Virtual originadas en el Tolima, se requieren recursos financieros para la adquisición de equipos de alta tecnología y simultáneamente.

De una u otra manera, el otorgamiento de registro calificado tendrá un tratamiento especial sobre las ofertas de educación a distancia y educación virtual, en torno a 12 condiciones básicas: entre ellas , la de los contenidos curriculares, el personal docente, los medios e infraestructura, la investigación, las relaciones con el sector externo. Se exigen condiciones institucionales, entre ellas los mecanismos de selección y evaluación de docentes y profesores, la autoevaluación , los egresados y los recursos financieros. Son condiciones que siguen según el nuevo decreto.

“La investigación como un referente de calidad que respeta la diferencia, se evaluará según sea la naturaleza de la institución (universitaria, tecnológica o técnica), es decir, el nivel de exigencia en investigación será diferente de tal manera que se aumente el número de programas e instituciones acreditadas en alta calidad en el país.

En cuanto a la formación, tendrá en cuenta tanto la naturaleza de la institución como el uso de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) para el logro de los aprendizajes”, complementó Cuervo Arias.

 

Se espera mayor presencia de otras

universidades del Tolima

En el departamento, la cobertura más baja ocurre en los niveles educativos de Preescolar de tres grados y en la Educación Superior. En este último, de cada 100 estudiantes con edades entre los 17 y 21 años en los que debieran estar en la universidad o estudiando en instituciones técnicas o tecnológicas, sólo 40 se matriculan en este nivel educativo. La matrícula en las instituciones de Educación Superior era de 52 mil 053 en el 2017, pero con una tasa de cobertura de 40 por ciento, 12 puntos porcentuales inferior la tasa nacional. De los bachilleres graduados, la educación superior apenas incorpora el 43.6 por ciento de ellos (tasa de tránsito inmediato).

El nuevo decreto sobre registro calificado de programas, requisito para que se mantenga la oferta académica, facilita la entrada de nuevas instituciones de Educación Superior, principalmente de aquellas que ya tienen Acreditación Institucional de Alta Calidad.

“Los programas acreditados en instituciones acreditadas de alta calidad podrán ser ofrecidos en cualquier parte de territorio nacional, previa solicitud de registro calificado que será otorgado sin verificación y evaluación de condiciones de calidad”, dice la nueva norma.

Se hace más flexible el cumplimiento de los requisitos para otorgamiento de registro calificado de nuevos programas o para la renovación de los registros vigentes.

“Se corre el riesgo de perder el registro calificado de un programa al que el MEN le ha otorgado para funcionar en Ibagué, pero en caso por ejemplo, que se oferte éste en varios lugares del Departamento o el país donde impacta la Universidad del Tolima, pero alguno de ellos, no cuenta con alguna de las condiciones, digamos docentes con el perfil al que apunta el programa o el tiempo dedicado a docencia, investigación o extensión no sea el significativo, esto implicaría la pérdida del registro del programa”, es la precisión que hace la directora de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad del Tolima, Carmen Cuervo, al comentar el texto del decreto. En esta institución universitaria, es la responsable de coordinar los procesos de otorgamiento de registros calificados para cada uno de los programas académicos que ofrece la Universidad, su acreditación de alta calidad y la acreditación institucional que está en marcha.

El registro calificado es el objeto del decreto 1330, norma que lo define como: “un requisito obligatorio y habilitante para que una institución educación superior, legalmente reconocida por Ministerio Educación Nacional, y aquellas habilitadas por la Ley, pueda ofrecer y desarrollar programas académicos de educación superior en territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 1188 de 2008”.

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Credito
LUIS EDUARDO CHAMORRO RODRÍGUEZ - ESPECIAL PARA EL NUEVO DÍA

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