Los rectores de las instituciones educativas y sus responsabilidades en cuanto a la calidad

Crédito: SUMINISTRADA - EL NUEVO DÍA
43 de los 55 rectores de instituciones educativas oficiales de Ibagué tienen título de posgrado.
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Los rectores de las  instituciones educativas estatales, en gran parte tienen la responsabilidad de la calidad de la gestión escolar que se ejecuta en sus organizaciones educativas. En consecuencia, tienen un gran compromiso  en los logros en cuanto a calidad de los aprendizajes de los estudiantes.

La nación, con la mediación del Ministerio de Educación y a través de las Secretarías de Educación de las entidades territoriales, determinan las políticas educativas y la mayoría de  los programas que se ejecutan en el sistema escolar, de tal manera que a estos profesionales directivos, les queda poco margen para decidir el quehacer de cada uno de los establecimientos educativos.

 Hay ideas circulando en el sentido de que el modelo educativo y de financiación del sistema escolar se debe cambiar o transformar y, ello implica, entre otras cosas, cambiar el sistema de gestión escolar centrado en una concepción o enfoque propio de las  teorías de la organización y administración de los clásicos en el pasado (enfoque científico racional) y poco en  concepciones propias de la disciplina de gestión escolar, emergente. 

Así, se llega a ver la institución escolar como una empresa de producción de bienes, lo cual es poco pertinente porque un establecimiento educativo tiene objetivos institucionales distintos.

De una u otra manera, las formas de actuar de los directivos docentes (rectores y coordinadores), tácita o expresamente, está condicionada por principios y fundamentos de la administración educativa y en consecuencia ha caído en prácticas, patologías o desviaciones como la burocratización expresada en el diligenciamiento de múltiples formatos, principalmente; en una administración centrada rutinas, algunas de ellas propias de la estandarización de procesos dominantes en los momentos de evaluar el desempeño de directivos y docentes, en la evaluación institucional anual, en la implantación de estándares curriculares al programar la enseñanza y los  aprendizajes, en la evaluación estandarizada a los estudiantes,  a través de las pruebas SABER, en un modelo de autoridad y de control inapropiado para lograr la participación democrática de los miembros de la comunidad educativa en la gestión escolar que ordena la Constitución, leyes, decretos y otras normas de menor jerarquía.
 
Las funciones de un rector de institución educativa

Hay una buena cantidad de normas, entre ellas las establecidas por la Ley General de Educación, la Ley 715 del 2001 y, recientemente la resolución 09317 del 2006 del Ministerio de Educación; abundan en prescripciones sobre lo que debe cumplir un rector en cada institución educativa.

Un rector, debe actuar para cumplir por lo menos 49 funciones establecidas por la citada resolución. Es una norma que establece el perfil del desempeño ideal de este directivo docente, difícil de cumplir, desde luego, frente a la escasez de recursos financieros y tecnológicos para cumplirla.

Una mirada sobre estas funciones del rector, permiten inducir que este debe centrar su gestión en aspectos administrativos (11 funciones) tales como la administración de la planta física (aulas, laboratorios, oficinas, talleres, escenarios deportivos, el comedor), la dotación de mobiliario y equipos, la gestión del talento humano con tantos intereses individuales y sociales de por medio; la administración de los recursos financieros que la nación transfiere a los Fondos de Servicios Docentes y la administración de servicios adicionales, entre ellos la alimentación escolar.

Entonces, de ahí que, en un enfoque o concepción propia de la disciplina científica de la Administración Educativa, el rector puede dar prioridad a estos y otros aspectos puramente administrativos, descuidando la Gestión Académica y Pedagógica que es el eje misional de cualquier establecimiento educativo. Porque las instituciones escolares operan para lograr mejores aprendizajes en los estudiantes dirigidos a su transformación humana, a través de procesos Pedagógicos, didácticos y curriculares.

Son nueve las funciones de la Gestión Académica y pedagógica exigibles a los rectores, a la dirección sobre el diseño pedagógico y curricular, para orientar sobre lo que se debe enseñar y evaluar en las aulas; hacer seguimiento a los resultados y el rendimiento académico de los estudiantes, la gestión del aula  para que exista un buen clima, es decir, buenas relaciones intrapersonales entre docentes y estudiantes, y entre estos entre sí, a fin de lograr un clima emocional satisfactorio de convivencia deseable (clima nutritivo, al decir de Arón y Milicic).

Para lograr todas estas situaciones, el rector deberá ejercer un liderazgo apropiado; puede ser un liderazgo político “antagónico” que plantea el británico  Stephen J. Ball,  en el que es común el diálogo, el debate, el reconocimiento de múltiples ideologías, énfasis en la persuasión, se admite la voz e intervención de los opositores. 

Implica  alejarse de un liderazgo autoritario que puede generar conflictos, frenar la innovación “parece sentir horror patológico hacia el enfrentamiento” (Ball, 1989,p.117) y convertirse en factor de bajo desempeño profesional de los docentes y desempeño institucional equivocado.

¿Qué hacer, entonces?

El rector puede liderar, dirigir, orientar y asesorar transformaciones y cambios que estén bajo su gobernabilidad, porque tiene la formación profesional para ello, dispone de recursos que, aunque escasos, pueden ser útiles si se enfocan hacia el cumplimiento de objetivos institucionales deseables y reclamados por las comunidades educativas; dar apertura a la intervención de organizaciones informales y al liderazgo. Al respecto es válido citar una de las conclusiones de la tesis doctoral sobre “Micropolítica y Clima Social en la instituciones educativas de Ibagué” de Indira Orfa Tatiana Rojas Oviedo: “ En las organizaciones escolares se privilegia el poder basado en el liderazgo, se acepta la autoridad formal de los rectores de las instituciones educativas sin mayores discrepancias; se considera positivo el poder del conocimiento basado en la idoneidad, como fuentes de poder”.

Propiciar el trabajo en equipo como herramienta de participación y de liderazgo escolar, impulsar la innovación y la investigación educativa, ejercer el liderazgo pedagógico que reclaman las instituciones educativas.

Algunas características de los rectores de Ibagué

No hay mayores problemas en cuanto a la calidad de los rectores de las 55 instituciones educativas de Ibagué, en lo relacionado con  su formación académica y profesional, así como los años de experiencia.
Cerca de la mitad de los rectores (31, equivalentes al 45%), tienen experiencia profesional de 31 años y más; otro 12 por ciento, entre 21 y 30 años de labores. Cuarenta y tres, tienen título de posgrado (el 78%). 

Todos son profesionales y de ellos 49 con título de Licenciatura en Educación y 6 títulos de otras profesiones. Un 54% de los rectores (30), tienen edades de 61 años y más, otro 36% (20) entre 51 y 60 años de edad.

Credito
LUIS EDUARDO CHAMORRO RODRÍGUEZ

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