Ministra de Educación fijó alzas en tarifas de colegios privados para el 2015

Colprensa - EL NUEVO DÍA
Aumento varía de acuerdo con la calidad académica y la clasificación en las pruebas Saber 11.

Por medio de la resolución No. 15168 del 17 de septiembre de 2014, el Ministerio de Educación estableció los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar los colegios privados para el próximo año de acuerdo con el Manual de evaluación y clasificación de establecimientos educativos.

El Ministerio explicó que los incrementos para el primer grado ofrecido por cada establecimiento educativo serán en promedio de 4 por ciento, salvo los colegios clasificados en ‘Muy Superior’ en las pruebas Saber 11 en Libertad Regulada por Puntaje y en ‘Muy Superior’ y ‘Superior’ en Libertad Regulada por Certificación.

Asimismo, aseguró que el promedio ponderado de los incrementos de las tarifas de matrícula y pensión para los demás grados será del 3.2 por ciento, y manifestó que “el esquema preserva la capacidad de pago de la educación en los hogares colombianos y contempla los requerimientos de mejora en calidad de la educación”.

Indicó que cada año, los colegios privados de calendario A del país realizan en septiembre un proceso participativo avalado por su Consejo Directivo, cuyos resultados se reportan a las secretarías de educación 60 días antes del inicio de matrículas y sirven para realizar la clasificación de las distintas entidades educativas en distintos regímenes.

A propósito del tema, aclaró cada uno de estos tres sistemas, comenzando por la Libertad Regulada, la cual asegura que aplica para establecimientos que obtuvieron altos puntajes en la Evaluación Institucional o están certificados o acreditados en calidad.

Explicó también, que existe la Libertad Vigilada, que cobija a los colegios que obtuvieron puntajes intermedios y el régimen controlado, que es utilizado en instituciones con bajos puntajes en la Evaluación o aquellos que presentan incumplimiento en las condiciones requeridas para prestar el servicio educativo.

“De esta manera, los incrementos autorizados en las tarifas de matrícula y pensión son mayores para quienes obtienen mejores resultados en su evaluación institucional, y para quienes están certificados o acreditados en calidad”, dijo el Ministerio.

De acuerdo con lo anterior, aseguró que en la evaluación institucional de estos establecimientos, cerca del 52 por ciento se ubica en el régimen de libertad regulada, el 35 por ciento en libertad vigilada y el 13 por ciento en régimen controlado, situación que muestra una creciente mejora frente a los años anteriores.

Sostuvo que estos incrementos tienen en cuenta las metas nacionales de inflación, para preservar la capacidad de pago de los hogares y de los establecimientos educativos.

De otra parte, señaló que los topes de incremento establecidos para el primer grado que ofrece el colegio o jardín, son mayores que los de los demás grados, porque en él las familias pueden escoger más fácilmente el colegio que mejor se ajusta a sus requerimientos y posibilidades.

Justificó que para los demás grados el tope es menor, porque es más difícil para las familias cambiar de un colegio a otro.

Credito
BOGOTÁ

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