Los cambios que van en la Justicia Especial para la Paz

COLPRENSA – EL NUEVO DÍA
Durante las discusiones se han aclarado temas como la posible extralimitación de los magistrados y las garantías a las víctimas.

La discusión de la principal reforma que deberá aprobar el Congreso de la República para la implementación de los acuerdos, la Justicia Especial para la Paz, ha avanzado con mucha controversia, a la vez que con modificaciones que, si bien no son de fondo, sí marcarán cambios que atenderán los reclamos de diferentes sectores.

La reforma constitucional fue aprobada en su tercer debate el miércoles en la Comisión Primera del Senado, en donde el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, defendió la estructura de la misma, de igual manera que avaló varios de los cambios.

El Ministro sostuvo que con respecto a los terceros civiles “sólo irán cuando hayan sido determinantes en el desarrollo del conflicto en la comisión de un delito de crimen de guerra o de lesa humanidad, esto no sólo se dará con testimonio de alguien, sino que deberá ser corroborado por medio de prueba distinto al testimonio”.

Frente a la inquietud de varios congresistas de la posible extralimitación que tendrían los magistrados de la JEP, Cristo señaló que “tienen el mismo régimen de responsabilidad que los magistrados de altas Cortes, tienen que tener un régimen de control, una Ley Estatutaria lo definirá”. Sin embargo, ellos serán autónomos de fijar su propio reglamento, dijo.

Carrillo ganó parte de la pelea

Desde que el proyecto se estaba tramitando en la Cámara de Representantes, el procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, advirtió que el Ministerio Público estaba siendo desconocido de esos procesos judiciales. Su reclamo al parecer no tuvo eco, porque incluso el propio presidente Juan Manuel Santos aseguró que esa petición no era posible.

Sin embargo, por intermedio del senador conservador Eduardo Enríquez Mayo, se plantea que la presencia del Ministerio Público se dará si es solicitada.

“El Procurador, por su o sus delegados y agentes, a solicitud de alguno de los magistrados de la sección que conozca del caso, podrá intervenir en las diligencias que el magistrado establezca, para la defensa de los derechos fundamentales de las víctimas en los procesos que se sigan ante la Jurisdicción Especial para la Paz”, fue lo que se aprobó.

Más garantías a las víctimas

Las víctimas han sido un centro de discusión fundamental durante los tres debates. Ante una propuesta del senador Juan Manuel Galán, se incluye un parágrafo en la JEP en que reitera que “las normas que la regirán incluirán garantías procesales, sustanciales, probatorias y de acceso, encaminadas a que las víctimas puedan satisfacer sus derechos a la verdad, justicia y reparación en el marco de la JEP con medidas diferenciales y especiales para aquellos que se consideran sujetos de especial protección constitucional”.

Una de las senadoras que más reclamaron equidad para con las víctimas fue Sofía Gaviria, quien insistió en que debería haber voceros de las víctimas en toda esta jurisdicción.

En la JEP, también se incluirá que se “deberán garantizar los principios de tratamiento penal especial condicionando a la garantía de los derechos de las víctimas, centralidad de las víctimas, integralidad; debido proceso, no regresividad en el reconocimiento de sus derechos y enfoque de diferencias y género”.

Otras modificaciones

Por las críticas de que los fallos sean sólo tomados con un punto de vista único de los magistrados, se aprobó que se tenga la apreciación de dos magistrados extranjeros de reconocido prestigio, para que emitan un “concepto sobre la materia del caso con el fin de obtener elementos de juicio o informaciones relevantes al caso”. Ellos podrán participar incluso en los debates de las salas de juzgamiento de la JEP.

En cuanto a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, se dice que será autónoma, con personería y tendrá carácter extrajudicial, es decir no se les podrá imputar cargos o abrir procesos a quienes la conformen y entreguen sus reportes.

Frente a las insistentes versiones de que esta justicia se podrá aplicar a expresidentes de la República, en concreto al expresidente Álvaro Uribe, se incluye un parágrafo transitorio en el que reza expresamente: “La creación y el funcionamiento de la JEP no modificarán las normas aplicables a las personas que hayan ejercido la Presidencia de la República”. Igualmente, se indica que, en caso de recibir denuncias en ese sentido, las mismas serán enviadas a la Comisión de Acusaciones de la Cámara, que es el organismo competente.

Para la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, se precisa que sus investigaciones no reemplazarán el proceso judicial formal que se tenga al respecto. Se insiste en que esta unidad tendrá la colaboración de todas las autoridades para cumplir su misión.

Credito
COLPRENSA

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