Absuelven a la Nación por desplazamiento forzado de una familia en el Tolima

Las víctimas dijeron que el daño era atribuible a la Nación.
Crédito: Archivo / EL NUEVO DÍA.Las víctimas dijeron que el daño era atribuible a la Nación.
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Al no recibir la denuncia sobre estas circunstancias, no hay lugar a reparar a las víctimas ante la ausencia de este tipo de servicio.
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El Consejo de Estado absolvió a la Nación de la responsabilidad del daño que sufrió una familia que, luego del asesinato de uno de sus hijos, sufrió desplazamiento forzado en el municipio de Planadas (Tolima).

Lo anterior, tras resolver una demanda que interpusieron los familiares desplazados, quienes relataron que integrantes de grupos armados, invitaron a su familiar a que se enrolara al grupo armado ilegal, a lo cual él se negó. 

El hecho desencadenó represalias contra la familia, quienes aseguraron que este hecho, sumado a que le brindaban alimentos a miembros de la Policía, habrían desatado el asesinato y las amenazas que los obligaron a desplazarse.

Las víctimas dijeron que el daño era atribuible a la Nación e interpusieron una demanda para obtener una reparación de al menos mil millones de pesos.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Tolima negó las pretensiones y determinó que aún cuando el asesinato de uno de los integrantes de la familia y el desplazamiento forzado al que se vio sometida fue concebida como la acreditación del daño, las entidades demandadas no eran responsables de dicho perjuicio y que la responsabilidad exclusiva fue de un tercero.

Los demandantes apelaron la decisión, con la intención de que el Consejo de Estado accediera a la reparación. 

Sostuvieron que la Policía y el Ejército eran responsables por no haber hecho presencia en Planadas, pese a que en el municipio se ubicaba la vereda Gaitania, donde quedaba Marquetalia, que fue el lugar donde nació la guerrilla de las Farc.

A su juicio, era desproporcionado exigir a las víctimas el deber de denunciar las amenazas, pues era claro, para ellos, que los responsables del homicidio iban a tomar represalias contra los familiares por proveer de alimentos a los policías. 

A pesar de que al momento de interponer la denuncia no les fue posible señalar con nombres y apellidos a los supuestos responsables, precisaron, las autoridades tuvieron conocimiento de lo ocurrido.

 

Sentencia

 

Como primera medida, el Consejo de Estado determinó que la Fiscalía General de la Nación carece de legitimidad en la causa, pues ninguna de sus funciones se compagina con el servicio de seguridad y protección que no habrían recibido los demandantes, produciendo el daño antijurídico.

La alta Corte negó las pretensiones de la demanda y determinó que no se probó la coacción física que sufrieron los accionantes, ni se allegaron copias de las denuncias por las amenazas.

Frente al contexto de violencia que han enfrentado muchas regiones en Colombia, la jurisprudencia indicó que, aunque es deber del Estado proteger a los ciudadanos cuando son víctimas de este tipo de hostigamientos, al no recibir la denuncia sobre estas circunstancias, no hay lugar a reparar a las víctimas ante la ausencia de este tipo de servicio.

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Credito
Redacción El Nuevo Día

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