Con decisión de la Corte, Gobierno queda a un paso de retomar aspersiones aéreas

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
Las precisiones que hizo el máximo tribunal constitucional sobre el glifosato vuelven a dejar abierta la posibilidad de que se retomen las fumigaciones contra cultivos de coca.

Sorpresiva para el alto Gobierno fue la decisión de la Corte Constitucional sobre el espinoso tema del glifosato toda vez que las entidades que tienen que ver con la erradicación de cultivos esperaban un fallo adverso, es decir, que no se volviera a usar el herbicida para acabar con las hectáreas sembradas de hoja de coca y marihuana.

Sin embargo, todo empezó a cambiar desde el miércoles cuando se dio la primera sesión de la sala plena del alto tribunal. La deliberación se extendió durante toda la jornada y las opiniones estaban divididas entre los ochos magistrados que conforman ese órgano. Con ese empate, por llamarlo de alguna forma aunque no hubo votación, se dio inicio a la sesión del jueves.

La rueda de prensa en la que se comunicó la decisión se inició a las 3:40 de la tarde, pero al finalizar fueron varias las dudas que se mantenían tras la lectura del fallo por parte de la magistrada Diana Fajardo, presidenta de la Corporación. Pero, en síntesis, lo que señaló el máximo tribunal es que el Consejo Nacional de Estupefacientes tiene en sus manos la potestad de reanudar la aspersión con este químico.

La decisión fue bien recibida en el Gobierno de Iván Duque y la primera en reaccionar fue la ministra de Justicia, Margarita Cabello, quien, dicho sea de paso, es quien preside las sesiones del Consejo Nacional de Estupefacientes. Este cuerpo fue el que en 2015 tomó la decisión de suspender la aspersión aérea tras la recomendación del Ministerio de Salud que señaló que la clasificación de dicho herbicida era “probablemente carcinogénicos para humanos”.

La sesión más reciente que tuvo el Consejo fue el pasado 22 de mayo, la nueva fecha en la que Cabello presentará “la propuesta de protocolo, para que dentro del cumplimiento de la Sentencia y del Auto, se pueda utilizar la aspersión aérea como una herramienta más en la lucha contra los cultivos ilícitos”.

La jefa de la cartera indicó que se planteará la elaboración de un decreto para definir dónde se puede asperjar, cómo se hará y cómo se minimizarán los riesgos. Para Cabello es claro que no se aplicará esta herramienta en parques naturales, donde haya fuentes hídricas o en poblaciones.

“Pero sí en aquellas zonas sin tener dentro de su implementación estos presupuestos o estos requisitos de la Corte. Tenemos entendido que hay unas 40 mil o 50 hectáreas que están en unos espacios que no se ven afectados por los presupuestos contenidos en la sentencia”, añadió Cabello.

Estas extensiones a las que hace referencia la titular del Ministerio son espacios a campo abierto en los que no hay comunidades y los daños al ambiente serían mínimos. Así las cosas, la tarea de las autoridades es evitar que se creen asentamientos humanos en esas regiones que impidan las fumigaciones.

También reveló que en poder del Gobierno hay estudios sobre el tema y que están analizándolos para que se ciñan a las pautas que les impuso la Corte Constitucional.

 

Lo que se busca erradicar

Las cifras más recientes del Ministerio de Defensa señalan que entre el primero de enero y el 4 de julio pasado, los 100 grupos móviles de erradicación habían destruido 38.440 hectáreas sin contar con las del Plan nacional de sustitución de cultivos ilícitos. La meta para este año es acabar con 80.000 hectáreas, meta a la que aspiran llegar antes de que acabe este 2019 si se aprueba la fumigación.

Pero para volver a usar esta herramienta deben surtirse ciertos pasos como lo señala el expresidente del Consejo de Estado, Gustavo Gómez Aranguren, quien detalla que “el fallo de la Corte Constitucional lo que hace es precaver que el glifosato se debe utilizar dentro de los marcos precisos donde se garanticen unos mínimos, de acuerdo a la normatividad vigente”.

Uno de los puntos en los que el Gobierno se sintió más ganador es en la condición número 6 que impuso la sentencia T 236 de 2017. Ese numeral advertía que para poder retomar las fumigaciones con el herbicida era que se expusiera “evidencia objetiva y concluyente que demuestre ausencia de daño para la salud y el medio ambiente”.

Esto era interpretado como cero daño, lo que equivalía a que se debía comprobar que el químico no ocasionara ningún efecto en la salud de las personas, de los animales o incluso de cultivos legales. El laboratorio que lo produce y comercializa enfatiza que el glifosato lo que hace es inhibir una enzima que es esencial para el crecimiento de las plantas y que la misma no está presente ni en humanos ni animales.

Pero la Corte flexibilizó este apartado y ahora lo que debe probarse es que existan las condiciones mínimas para rociar el químico sobre los cultivos ilícitos que, de acuerdo con datos oficiales, serían unas 208.000 hectáreas de coca que hay en los campos del país.

Para los expertos, una nueva aspersión podría abrir un boquete en demandas contra el Estado que de ser falladas en contra generarían millonarias indemnizaciones no solo en la justicia nacional sino internacional como sucedió recientemente en San Francisco, Estados Unidos, donde un jurado de esa ciudad estableció que el herbicida fue un “factor sustancial” para que un hombre llamado Edwin Hardeman padeciera cáncer.

“Evidentemente en la medida en que se causen daños en la gente o sus bienes hay una cláusula que es la de responsabilidad y si se presentan daños debemos sufragar los daños (…) acá tenemos una encrucijada porque en el campo del narcotráfico nosotros llevamos la cruz”, agrega Aranguren.

 

Lo que sigue

El profesor Óscar Palma, de la facultad de Ciencia Política, Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad del Rosario salvo la modulación en lo referente al daño causado, el fallo de la Corte se mantiene incólume.

Consultado por COLPRENSA, dice que “lo que ha tratado de hacer (la Corte) es dar una explicación a los puntos del fallo anterior. La potestad de tomar la decisión de fumigar o no sigue siendo del Consejo Nacional de Estupefacientes. Las condiciones que la sentencia impuso en la sentencia del 2017 siguen estando allí”.

De allí que para algunos, como el canciller Carlos Holmes Trujillo, la erradicación de cultivos con el uso del glifosato es una posibilidad cada vez más cercana tras la decisión de la Corte Constitucional. Así lo declaró ante el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el viernes en la tarde, pero fue más allá y se atrevió a señalar algunas de las herramientas que se usarían para acabar con el narcotráfico.

Dijo el jefe de las relaciones exteriores que “la acción del Gobierno se dirige a disponer del mayor número de herramientas posibles para la lucha contra las drogas: erradicación forzosa, erradicación voluntaria, acuerdo con las comunidades, fumigación a bajas alturas, oportunidad que en estos momentos se abre a raíz de la decisión que tomó la Corte Constitucional”.

A Trujillo, sin embargo, se le olvida que asperjar a bajas alturas es una medida que en estos tiempos no está en la carpeta de quienes hacen uso de estas herramientas ya que eso supondría un riesgo para el personal en caso de que la aeronave esté tripulada o una pérdida de la nave en caso de que sea un dron.

La razón es muy sencilla: los capos del narcotráfico que delinquen en las zonas de mayor extensión de cultivos ahora cuentan con baterías antiaéreas y derribar una aeronave que esté en esas labores es demasiado fácil. Pérdida de vidas humanas, recursos físicos y técnicos son, básicamente, los argumentos por los que esto no se contempla en el sector defensa.

 

Lo que pide la Corte

- Regulación imparcial y enfocada en los riesgos contra la salud

La propuesta precisa que una posible herramienta para hacerlo es que la regulación de control del riesgo de la salud sea realizada de manera independiente por un órgano distinto al Consejo Nacional de Estupefacientes.

- Evaluación continua del riesgo

El proceso de evaluación del riesgo debe estar técnicamente fundado, en el sentido de que se nutra con las últimas investigaciones científicas e incluso invierta recursos del programa de aspersiones en la realización de nuevas investigaciones.

- Revisión automática de las decisiones

La Corte considera que las alertas en que se detecten nuevos riesgos deben llevar a procesos automáticos de revisión y decisión, pues la adopción de medidas para controlar adecuadamente los riesgos a la salud no puede estar sujeta a la voluntad política de las entidades que hacen parte del Consejo Nacional de Estupefacientes.

- Investigación científica con garantías de rigor, calidad e imparcialidad

La investigación que se realice debe contar con garantías de imparcialidad, y el Gobierno deberá incluir dichas garantías en las disposiciones legales o reglamentarias que se adopten para efectos de cumplir estas condiciones.

- Procedimientos de queja

En el marco del programa de erradicación deben establecerse procedimientos de queja comprehensivos, que permitan a los pobladores de las zonas afectadas por cultivos ilícitos remitir quejas, no solamente por daños a cultivos lícitos, sino por todo tipo de afectaciones.

Credito
COLPRENSA

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