¿Es necesaria la cárcel para ‘pequeños’ delincuentes?

Colprensa - EL NUEVO DÍA
Es paradójico el hecho de que la justicia sea tajante y rápida para ‘los de ruana’, pero coja para los de la ‘crema y nata’. Hace pocos días se conoció el caso de Luis Augusto Mora, un hombre de 46 años aparentemente de buen nivel académico, quien ya tiene ocho condenas en su contra y 46 procesos penales, por robar cajas de chocolatinas de diferentes almacenes de cadena en Bogotá.

El juez lo consideró un peligro para la sociedad y ahora está a la espera de otra condena en su contra, en uno de los pabellones de la cárcel La Picota, cuyo hacinamiento supera el 350 por ciento.

Seguramente después de compartir celda con más de 4088 internos, Mora quede completamente rehabilitado y la justicia haya cumplido con su labor.

Pero este no es el único caso que se conoce. En el 2012 Leder Correa Cobo, un campesino de 33 años, decidió robar un caldo de costilla de un supermercado de Cali para engañar el hambre que sentía.

La historia de Correa es casi un ejemplo de lo que pasa en la sociedad: viajó desde el municipio de Argelia (Cauca) para reclamar un subsidio de Acción Social por haber sido víctima de una mina antipersona.

Permaneció más de dos días en la capital del Valle esperando el dinero, tuvo que dormir en la calle porque no tenía para pagar una pieza y la plata no llegó. Por física hambre decidió hurtar una caja de caldos de gallina, para echar un cubo en agua caliente y preparar un consomé.

Por eso estuvo encerrado en la cárcel de Villahermosa, también con problemas de hacinamiento, por ser considerado un peligro para la sociedad y tuvo que reembolsar al supermercado 128 mil pesos por haber cometido el delito.

Aunque la Fiscalía asegura que en estos casos “por ser un delito de menos de un salario mínimo y por aceptar los cargos imputados, se le debe aplicar la pena más favorable”, no parece ocurrir así.

Lo que piensan los jueces y los fiscales

Para muchos expertos estos casos deberían tener un tratamiento especial en el Código Penal, por dos razones: descongestionar el proceso a la justicia y lidiar con el problema de hacinamiento que presentan las cárceles en el país.

Colprensa consultó varios jueces y fiscales expertos en la materia y muchos coincidieron en que una posible solución sería la implementación de la ley de pequeñas causas u otro mecanismo judicial parecido.

El juez segundo con funciones de Conocimiento explicó que no en todos los eventos hay que poner sanciones, siempre que se puedan aplicar otras instancias como la reparación, la reconciliación entre los sujetos, un principio de oportunidad si se dan las condiciones o la creación de las pequeñas causas, que “sería una salida”.

Pero para los jueces deben tener en cuenta que el delito no debe ser reiterativo. Hay que evaluar los mensajes que envía la administración de justicia, porque aunque el tema sigue siendo un desgaste, las víctimas deben ser reparadas.

“¿Dónde quedan los derechos de las víctimas?, ellas también reclaman justicia. Si el hurto es reiterativo, ya se debe pensar en un castigo más fuerte (...) ya va a quedar desprotegidas la sociedad y las víctimas, es cuando el Estado debería reprimir a estas personas con mayor severidad, es decir con la imposición de una sanción de prisión”, señaló el juez segundo con funciones de Conocimiento.

Asimismo, el fiscal Juan Vicente Valbuena exclamó que hay que tener un procedimiento abreviado o más corto para tratar casos en los que los delitos no son de mayor talante, “los delitos menores se están tratando como un delito mayor, lo que ocasiona que se esté copando la capacidad de los jueces y los fiscales en casos pequeños, dejando de lado los importantes”.

Eso hace que la justicia esté congestionada por casos pequeños que serían los más comunes en Colombia, retrasando los casos de connotación nacional. Valbuena recordó que hace unos años se implementó un sistema que, aunque no resolvió el problema, si intentó funcionar.

“Había lo que se llamaba el acusador privado, con el que el victimario presentaba su propia acusación y las pruebas, sin necesidad de la Fiscalía, y los jueces estaban especializados en la ley de pequeñas causas, los términos eran menores, pero se estaba usando la policía de vigilancia como un grupo de investigadores”, dijo el fiscal.

EL HACINAMIENTO

Partiendo del problema de hacinamiento que existe en las cárceles del país, para los jueces y fiscales deben existir otros mecanismos de corrección de pena cuando ésta no amerita una reclusión.

Por ejemplo la “implementación de contravenciones especiales en donde se realizaba una persecución y se ponía una sanción de arresto”, además de trabajo social u otros mecanismos menos represivos.

Para los jueces y fiscales este problema no es nuevo y el Estado no ha podido planear un solución tajante y positiva. “No es un problema de los jueces, tampoco de fiscales, sino del legislador (...) se vuelva a tocar la rebaja de pena que estaba contemplada en la Ley 906 del 2004. Muchas personas de delitos pequeños se acogían a los beneficios porque le eran sustanciales”, explicó un juez de conocimiento del complejo judicial de Paloquemao en Bogotá.

Por su parte, el fiscal Valbuena explicó que la percepción de la gente no hay beneficios suficientes y existen varias trabas legales para lograrlos. “Primero legales, porque para llegar a un acuerdo o conciliación las víctimas deben estar de acuerdo también el procurador, además debe haber reparación integral porque las víctimas generalmente no están de acuerdo, la mayoría de veces piden cárcel”.

En definitiva deberían existir salidas alternativas de pena y una legislación especial con un procedimiento rápido que contribuyan a descongestionar la justicia y las cárceles porque actualmente la mayoría de las penas se cumple tras las rejas.

Credito
BOGOTÁ

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