Gobierno le pone la lupa a patrimonio de los altos funcionarios del Estado

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
El Gobierno nacional promulgó el Decreto 1674 de 2016, mediante el cual se expide la lista de las Personas Políticamente Expuestas (PEP).

Como parte de la estrategia de fortalecimiento de la lucha contra la corrupción en todos los niveles y en todos los sectores del Estado, el Gobierno nacional expidió el Decreto 1674 de 2016, a través del cual se establece la lista de las Personas Políticamente Expuestas (PEP).

Se trata de una serie de servidores públicos que por los riesgos de corrupción asociados a las funciones propias de sus cargos deben ser tratados como sujetos especiales por el sistema financiero y los demás sujetos de reporte de operaciones sospechosas.

“Se trata de gobernar dando ejemplo”, le dijo a Colprensa una fuente de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, tras explicar que cuando el Decreto habla de que estos servidores “deben ser tratados como sujetos especiales” se refiere a que los sistemas financieros o que hagan seguimiento a operaciones vinculadas al lavado de activos y la financiación del terrorismo, deben tomar medidas preventivas adicionales a las que ejecutan con cualquier otro ciudadano”.

De acuerdo con Camilo Enciso, secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, con esta norma “ponemos un lente de aumento sobre las cuentas, las transacciones y los patrimonios de las personas con mayor responsabilidad con el Estado”.

Enciso dijo que de esa manera el Gobierno busca “cerrar filas contra la corrupción, el lavado de activos y la financiación del terrorismo, pues se facilita la generación de alertas tempranas y la recuperación de los bienes obtenidos ilegalmente”.

En la elaboración del documento participaron, además de la Secretaría de Transparencia, la Superintendencia Financiera y la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera (Uiaf). Con este se pretende que Colombia alcance un nuevo estándar internacional de lucha contra la corrupción, recomendado por la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi).

De paso, se cumple con uno de los compromisos adquiridos por el Presidente de la República en la Cumbre Global Anticorrupción a la que asistió en Londres en mayo de este año.

Y aunque hace pocas semanas el propio presidente Juan Manuel Santos, les pidió a todos sus ministros hacer pública la declaración de renta, fuentes de la Secretaría de Transparencia informaron que este Decreto no está relacionado con esa solicitud.

“No en sentido estricto, pues la publicación de las declaraciones de renta de los ministros respondió a una solicitud que el presidente de Transparencia Internacional, José Ugaz, le hizo al presidente Santos. Sin embargo, todas estas iniciativas hacen parte de una estrategia de fortalecimiento de las herramientas de lucha contra la corrupción en todos los sectores y a todos los niveles. Se trata de gobernar dando ejemplo”, comentaron las personas consultadas por Colprensa.

LISTA DE PERSONAS POLÍTICAMENTE EXPUESTAS:

- Presidente la República, Vicepresidente la República, Altos Consejeros, Director del Departamento Administrativo de la Presidencia la República, Ministros y Viceministros.

- Secretarios Generales, Tesoreros, Directores Financieros de los Ministerios, los Departamentos Administrativos y las Superintendencias.

- Presidentes, Directores, Gerentes, Secretarios Generales, Tesoreros y Directores Financieros de (I) los Establecimientos Públicos, (II) las Unidades Administrativas Especiales, (III) las Empresas Públicas de Servicios Públicos Domiciliarios, (IV) las Empresas Sociales del Estado, (V) las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y (VI) las Sociedades de Economía Mixta.

- Superintendentes y Superintendentes Delegados.

- Generales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional e Inspectores de la Policía Nacional.

- Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales, Tesoreros, Directores Financieros y Secretarios Generales de Gobernaciones, Alcaldías, Concejos Municipales y Distritales y Asambleas Departamentales.

- Senadores, Representantes a la Cámara, Secretarios Generales, Secretarios de las Comisiones Constitucionales Permanentes del Congreso de la República y Directores Administrativos del Senado y la Cámara de Representantes.

- Gerente y Codirectores del Banco de la República.

- Directores de las Corporaciones Autónomas Regionales

- Comisionados Nacionales del Servicio Civil, Comisionados de la Autoridad Nacional de Televisión, de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

- Magistrados, Magistrados Auxiliares y Consejeros de Tribunales y Altas Cortes, Jueces de la República, Fiscal General de la Nación, Vicefiscal General de la Nación, Director de Fiscalías Nacionales, Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.

- Contralor General de la República, Vicecontralor, Contralores Delegados, Contralores Territoriales, Contador General, Procurador General de la Nación, Viceprocurador, Procuradores Delegados, Defensor del Pueblo, Vicedefensor del Pueblo, Defensores Delegados y Auditor General de la República.

- Consejeros del Consejo Nacional Electoral, Registrador Nacional del Estado Civil y Registradores Delegados.

- Representantes Legales, Presidentes, Directores y Tesoreros de partidos y movimientos políticos, y de otras formas de asociación política reconocidas por la ley.

- Directores y Tesoreros de Patrimonios Autónomos o fideicomisos que administren recursos públicos.

Credito
COLPRENSA

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