Los detalles de la decisión de la Corte sobre las corridas de toros

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
La Corte Constitucional explicó los detalles de la decisión que otorgó dos años al Congreso para legislar las corridas de toros so pena que, de no hacerlo, la tauromaquia quede penalizada en el país al igual que el rejoneo, las novilladas y las peleas de gallo.

El eje de la decisión es claro: el Congreso, al crear el delito de maltrato animal, excluyó del mismo en un parágrafo que remite al estatuto animal de 1989 y, con esto, por técnica, desconoció un fallo emanado en 2010 por la Corte, en el que claramente ordenaba que se redujera el dolor y el sufrimiento de los animales que se utilizan en estas actividades, entre otros.

Este hecho, en palabras de la Corte, “genera un déficit de protección constitucional hacia los animales. Ello por cuanto la remisión normativa se hizo en forma genérica y desatendiendo los lineamientos que con anterioridad fueron fijados por este Tribunal”.

La Corte cuestionó, en últimas, que el Congreso excluyera las corridas de toros del delito de maltrato animal de manera genérica, “desprotegiendo a los animales de forma irrazonable y desproporcionada”.

La Corporación reseñó otras decisiones en las cuales se prohibieron los tratos crueles, se reconocieron los valores intrínsecos de la naturaleza y se tiene en cuenta que los animales son seres sintientes que necesitan protección.

En ese sentido explicó: “La dogmática dinámica y evolutiva impone avanzar con mecanismos más decisivos para la efectividad de los intereses de los animales, al disponer hoy de nuevos estudios científicos y mayores saberes. Es un imperativo repensar posibles horizontes y transformar las sedimentadas tradiciones cuando socavan intereses vitales y primarios de toda sociedad democrática y constitucional”.

El porqué del plazo

Ahora bien, ¿por qué la Corte dio dos años al Congreso para legislar? Porque al penalizar de una vez las corridas se afectaban los derechos de las personas que dependen de estas actividades. Pero, eso sí, si el Congreso no legisla, la tauromaquia quedará penalizada.

“Se procedió a diferir los efectos de esta decisión por el término de dos años, contados a partir de la notificación de esta sentencia, atendiendo los efectos que podría tener la desaparición inmediata de estas excepciones con respecto a intereses protegidos por el ordenamiento jurídico. Le corresponde al Congreso, en ejercicio de la potestad de configuración legislativa, disponer lo necesario para adecuar la legislación a los mandatos constitucionales y a la jurisprudencia mencionada”, dice el fallo.

Credito
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