El desafío que Sabas, Palacio y Velásquez le plantean a la JEP

INTERNET - EL NUEVO DÍA
Mientras Uribe recogerá firmas contra la Justicia Especial de Paz, tres de sus alfiles en el gobierno la validan buscando cupo esta justicia transicional.

Paradójicamente, menos de 24 horas después de que Álvaro Uribe anunciara que buscaría firmas para tumbar la Jurisdicción Especial de Paz, su exSecretario General de la Presidencia, Alberto Velásquez, y su exministro de Interior y Justicia, Sabas Pretelt, dijeron que seguirían los pasos del exministro de Salud, Diego Palacio, y solicitarían ser admitidos en esta justicia transicional. La pregunta es si lograrán ser aceptados.

Las solicitudes

En un correo dirigido a Néstor Raúl Correa, el secretario ejecutivo transitorio de la JEP, Sabas Pretelt dice que buscará acogerse a esa justicia sin aceptar haber ofrecido prebendas a cambio de conseguir votos en el Congreso a favor de la reelección de Álvaro Uribe, en el escándalo conocido como la Yidispolítica, delito por el que fue condenado a ocho años de prisión.

El mensaje de Pretelt avanza por el camino que abrió Palacio, también condenado por cohecho en la Yidispolítica.

Aunque Palacio no dijo directamente que no aceptaba la responsabilidad, en su escrito para someterse a la JEP siempre que habla de su delito usa frases como “según la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia” o “la relación entre la conducta punible de cohecho por dar u ofrecer a mi endilgada”, con lo que deja claro que no está aceptando su responsabilidad, sino partiendo de una sentencia que lo condena.

Ellos dos y Velásquez pidieron que se les aplicara la Ley 1820, que desarrolla el punto de Justicia en el Acuerdo con las Farc, y que establece amnistías, indultos y tratamientos especiales para los agentes del Estado que “habiendo participado de manera directa o indirecta en el conflicto armado, hayan sido condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final”.

La Silla consultó cuatro fuentes que trabajaron en el punto de la Justicia durante la negociación de paz. Cada uno de ellos tiene una interpretación diferente sobre lo que dice el Acuerdo respecto a casos como éstos, lo que da una idea del desafío que sus peticiones les plantearán a los magistrados de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP).

Los filtros de la JEP

Que muchos agentes del Estado buscarían acogerse a la JEP estaba previsto desde un inicio, según le dijo a La Silla uno de los seis juristas que participó en la elaboración del capítulo sobre justicia. Anticiparon que pasaría algo similar a lo ocurrido con la tutela, a la que todo el mundo recurre, porque creen que es un instrumento de justicia más efectivo que la ineficiente justicia ordinaria.

Por eso establecieron unas reglas de juego claras para “entrar” al sistema.

Lo primera es que son los magistrados de la JEP los que deciden a quién juzgan; no el interesado.

En este caso, Sabas, Palacio y Velásquez manifiestan su voluntad de acogerse a la justicia transicional, pero la decisión de si lo harán no depende de ellos ni tampoco del Secretario Ejecutivo de la JEP, sino de una decisión judicial.

La segunda regla es que la conducta que cometieron debe tener conexidad con el conflicto armado.

Después de la renegociación del Acuerdo con los del No, se especificó que esto quiere decir que el conflicto tiene que haber sido la causa de la comisión del delito o que tiene que haber jugado “un papel sustancial en la capacidad del perpetrador” para cometer el delito, “en su decisión de cometerlo, en la manera en que fue cometida o en el objetivo para el cual se cometió.”

Diego Palacio, que está condenado por haber prometido prebendas para conseguir los votos que hacían falta para que se aprobara la segunda reelección, dice que existe esta conexión con el conflicto armado porque el objetivo de promover un tercer período de Uribe era derrotar a las Farc.

Paradójicamente, los ex funcionarios uribistas defienden la idea que los hechos por los cuales fueron condenados se cometieron en el marco de un conflicto que para ellos no existía en su momento, dado que el Gobierno de Uribe siempre dijo que lo que existía era una amenaza terrorista, no un conflicto armado.

El magistrado que reciba ese caso tendrá que decidir si existe esa conexidad. Contra su decisión hay un recurso de reposición y de apelación ante el Tribunal de Paz, que será el que termine definiendo la doctrina de interpretación para que los magistrados puedan aplicar estos criterios de manera homogénea.

La tercera regla es que tienen que satisfacer los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.

Sabas Pretelt dijo hoy que en “la Ley aprobada por el Congreso en diciembre de 2016 (...) está muy claro que colaborar con la verdad “no es aceptar culpabilidad” sobre los delitos y que “deberá quedar claro que solicitar la renuncia a la persecución penal no implica nada distinto a decir la verdad, que ya he dicho hasta la saciedad”.

Esa ley, que desarrolla el Acuerdo con las Farc, no tiene el entrecomillado que cita Pretelt, pero tampoco es explícita en decir que los postulados deben aceptar su responsabilidad.

De hecho, la persona podría decir hay una sentencia que dice que hice esto y simplemente no controvertirlo, sino pedir que le apliquen las sanciones que proceden según las reglas de la JEP, un poco en el sentido que hizo Palacio en su carta.

Aún así, como la JEP está diseñada con el objetivo de satisfacer los derechos de las víctimas, los que se acojan a esta justicia tienen que cumplir con unas obligaciones para con ellas como su reparación.

Si se acogen al camino de la revisión de la sentencia, la ley dice que “la concesión de amnistías o indultos o de cualquier tratamiento especial, simétrico, simultáneo, equilibrado y equitativo no exime del deber de contribuir individual o colectivamente al esclarecimiento de la verdad o del cumplimiento de las obligaciones de reparación que sean impuestas por la Jurisdicción Especial para la Paz.

El potencial problema para los tres exfuncionarios de Uribe es que después del triunfo del No en el plebiscito, se metió en el nuevo Acuerdo que la “Corte Suprema de Justicia será la competente para la revisión de las sentencias que haya proferido”.

La Corte Suprema exigió ese párrafo para impedir que sus condenas fueran revisadas por la justicia transicional.

Por eso, en el artículo 58b (tercer párrafo) sobre la Sección de revisión del Tribunal para la paz quedó explícito que la “Corte Suprema de Justicia será la competente para la revisión de las sentencias que haya proferido”.

Como los tres exfuncionarios fueron condenados por la Corte Suprema, sus casos tendrían que volver a ser mirados por la sala penal de la Corte si lo que buscan es la suspensión de la acción penal como dijo Sabas para establecer su inocencia y restablecer su honra.

El exministro de Justicia Yezid Reyes le dijo a La Silla que la Corte haría esta revisión “bajo los parámetros de la JEP. Tiene que mirar los hechos a la luz del Derecho Internacional Humanitario”.

Su interpretación no es compartida por otros dos expertos, que consideran que la Corte Suprema seguirá su propia doctrina.

El otro camino

El otro camino que tendrían los tres exfuncionarios es reconocer y demostrar que tuvieron una responsabilidad en el conflicto armado y que su caso entre por la vía de la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial de Paz con el objetivo de que les apliquen una pena alternativa a la cárcel.

En este caso también tendrían que reparar a las víctimas. Este, por ahora, no parece ser el camino en el que están pensando sino el de la revisión de la sentencia (pero no ante la Corte sino ante la sección de revisión de la JEP, algo que en principio pareciera excluido del Acuerdo después del triunfo del No en el plebiscito).

Una persona allegada a uno de los tres uribistas le dijo a La Silla que la idea de acogerse a la justicia transicional vino de Álvaro Leyva, el abogado de las Farc que negoció el punto sobre justicia en el Acuerdo de Paz. Él los convenció que podrían ser cobijados por la justicia transicional, porque tomaron las decisiones por las que fueron condenados con ocasión del conflicto armado.

Las implicaciones políticas

Políticamente, es un espaldarazo para la JEP que uribistas como Palacio, Sabas y Velásquez quieran ir a la JEP pues la legitiman. Pero a la vez, le plantean el dilema a los futuros magistrados de estirar la conexidad dado que los delitos por los que fueron condenados son contra la administración pública. Y entre más amplio sea el criterio de conexidad, más se “elevará” la responsabilidad política.

Dicho en otras palabras, si se comienza a decir, por ejemplo, que los falsos positivos fueron el resultado de una política gubernamental de crear incentivos para combatir a la guerrilla, más subirá entonces la responsabilidad de este capítulo oscuro de la historia en la jerarquía de poder de la época no solo militar, sino también política.

Aceptar casos como estos también le planteará a la JEP algunos problemas prácticos.

La Jurisdicción Especial de Paz fue creada para solucionar un problema específico: crear una justicia transicional para darle un cierre definitivo al conflicto. Y en la renegociación del Acuerdo, le dieron un plazo de diez años para hacerlo y cinco más para terminar su labor si lo requiere.

Si comienza a actuar como una tercera instancia de la justicia ordinaria, la posibilidad de que en el plazo previsto cumpla con su labor se disminuye.

Lo segundo es que esta justicia fue diseñada bajo la presunción de que haría “aproximaciones colectivas” a los casos. Que identificaría unos patrones de criminalidad en el conflicto -las situaciones más graves- y buscaría reconocimientos colectivos de esos delitos. Por ejemplo, que un listado de cien guerrilleros de las Farc reconozcan que secuestraron ganaderos en una región específica y a partir de ese reconocimiento colectivo les impongan a cada uno la pena y las medidas de reparación.

Si acogen casos tan específicos como los de los tres uribistas, su trabajo será más lento.

Independientemente de qué decida la JEP frente a las solicitudes de Sabas Pretelt, Diego Palacio y Alberto Velásquez, su mera intención de acogerse muestra el tamaño del desafío que le espera a sus magistrados.

Credito
LASILLAVACÍA. COM

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