Veedor de la Procuraduría General absolvió a exprocuradora Ligia Aguilar

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
En fallo de primera instancia la Procuraduría General resolvió que Ligia Aguilar no había incurrido en ninguno de los dos cargos elevados por el mismo ente de control.

La exprocuradora Provincial de Ibagué Ligia Aguilar Gómez fue absuelta por la veeduría de la Procuraduría General de la Nación de los cargos por lo que el mismo organismo le había abierto investigación.

La investigación en contra de Aguilar había iniciado en agosto de 2014 ante la denuncia del exalcalde de San Luis, Silverio Góngora Martínez, quien señaló en escritos dirigidos al Procurador General, que la funcionaria pedía dinero maquillándolo como si fueran préstamos y firmando letras de cambio que nunca pagaba.

También refirió que Aguilar no se declaró impedida para conocer de los procesos adelantados en la Procuraduría Provincial de Ibagué en su contra, a pesar de haberle exigido dinero antes de empezar una audiencia pública el 13 de septiembre de 2013.

Es así que en 2017 el ente acusador le había formulado los siguientes cargos: “Solicitar, directa o indirectamente, dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios.” Y “No declararse impedido oportunamente, cuando exista la obligación de hacerlo, ...”.

 

Defensa de Aguilar

La exprocuradora indicó que era cierto que en ejercicio de su deber legal adelantó investigaciones disciplinarias en contra de Góngora, pero que era falso que ella le había pedido prestado cinco millones de pesos antes de la audiencia de lectura de fallo del 12 de septiembre de 2013.

“Toda vez que era una decisión que ya estaba tomada, impresa y firmada por ella como procuradora provincial de Ibagué, lo cual era inmodificable; luego en su sentir era contrario al sentido común y sería un descaro o desfachatez pedirle dinero prestado precisamente al servidor público al que le estaba imponiendo la más alta sanción disciplinaria”, describe el fallo.

Respecto al segundo cargo, el fallo de la Procuraduría General reza: “Señaló que declararse impedida por el facilismo y despojarse de la carga laboral, no era el deber ser, ni el proceder correcto que podría esperarse de su parte. Refirió que las manifestaciones hechas por el señor Góngora no eran motivo válido, sólido, suficiente y responsable para que ella procediera a declararse impedida; puesto que una declaración de esa naturaleza no puede obedecer al capricho de quien conoce, sino que debe responder a circunstancias claras que han sido decantadas por la doctrina disciplinaria”.

 

Conclusiones del Veedor

El Veedor consideró que la inculpación efectuada no lograba la certeza suficiente y que no tenía solidez probatoria para, “quebrantar la presunción de inocencia de la investigada”.

En relación al segundo cargo, el ente acusador señaló que en el trámite legal de la recusación interpuesta por Góngora, del cual conoció la Procuraduría Regional del Tolima, no se declaró probada causal alguna de impedimento y/o recusación, toda vez que el recusante, quien tenía la carga legal de demostrarla, no lo hizo.

De esta manera la Procuraduría General de la Nación resolvió absolver a Ligia Aguilar de toda responsabilidad disciplinaria por los cargos elevados.

La exfuncionaria había sido declarada insubsistente en agosto de 2018, siendo retirada del cargo de Procuradora Provincial en el que había estado desde 2010.

Credito
EL NUEVO DÍA

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