La Cámara de Comercio de Ibagué se une a la Conciliatón Nacional 2022

La Cámara de Comercio de Ibagué se une a la séptima versión de la Conciliatón Nacional 2022, liderada por el Ministerio de Justicia y del Derecho
Crédito: Suministradas por la Cámara de Comercio de Ibagué
Hasta el 05 de septiembre de 2022, los interesados podrán hacer envío de solicitudes de conciliación y participar de manera gratuita en esta jornada que será únicamente virtual.
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La Cámara de Comercio de Ibagué se une a la séptima versión de la Conciliatón Nacional 2022, liderada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, que se realizará los días 14, 15 y 16 de septiembre de 2022, de manera gratuita y virtual, con el propósito de promover el dialogo y la resolución pacífica de los conflictos de los ciudadanos, de naturaleza civil, comercial y de familia. Desde el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Ibagué se realizarán jornadas para, empresarios y ciudadanos de estratos 1, 2 y 3 que tengan conflictos cuyas pretensiones no superen los $10.000.000 millones de pesos.

• ¿Cómo participar?

Los interesados deberán ingresar a la página web www.ccibague.org, descargar y diligenciar el formulario de solicitud (Descargar aquí) y enviarla antes del 05 de septiembre al correo electrónico ccibague@ccibague.org. Hay que tener en cuenta que en dicho formato se debe agregar información de contacto de la persona a la que se convoca a conciliar, entre ellos el nombre, apellido y número de cédula, datos de contacto como dirección y número de teléfono entre otros. Posterior a ello, se envía al correo electrónico la fecha e indicaciones del día de la audiencia. Esta jornada nacional pretende promocionar métodos de resolución de conflictos, con el objetivo de que los ciudadanos resuelvan problemas cotidianos sin necesidad de llegar a otras instancias.

 

suministrada

 

• ¿Qué temas se pueden conciliar?

En materia civil y comercial, familia se atenderán conflictos relacionados con:

• Custodia de hijos

• Fijación de cuota alimentaria

• Regulación de visitas

• Liquidación de la sociedad conyugal

• Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho

• Responsabilidad extracontractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales

• Contratos de compraventa

• Contratos de arrendamiento

• Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas, u obligaciones en general

• Propiedad horizontal, particularmente cuotas de administración

• Restitución de inmuebles arrendados

• Conflictos de convivencia

• Accidentes de tránsito sin lesiones personales

• Daño en bien ajeno • Conflictos de sociedades

Credito
SUMINISTRADO | CÁMARA DE COMERCIO DE IBAGUÉ

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