Con reforma constitucional y ley, gobierno busca reforzar el Fuero Militar

COLPRENSA – EL NUEVO DÍA
Con el tiempo legislativo muy justo porque correría el riesgo de no alcanzar su trámite, el Gobierno Nacional radicó este miércoles un acto legislativo y un proyecto de ley por medio de los cuales pretende dar mayor seguridad jurídica a militares y policías cuando sean juzgados por acciones cometidas en servicios, siempre y cuando las mismas no sean contra la violación de los derechos humanos.

Los textos fueron radicados por el ministro de la Defensa, Juan Carlos Pinzón, quien fue acompañado por el fiscal General, Eduardo Montealegre, y el procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado. 

Según Pinzón, estos proyectos buscan establecer el marco jurídico de acción de la Fuerza Pública. Sostuvo que el proyecto “constituye un gran paso para la seguridad jurídica de militares y policías, y un aporte para la administración de justicia. Además, recoge gran parte de lo dispuesto en la iniciativa de ley estatutaria aprobada por el Congreso el año pasado, que potencializa el accionar de los operadores judiciales encargados de investigar las actuaciones de la Fuerza Pública en cumplimiento de su servicio”. 

Aclaró Pinzón que no se busca evadir la responsabilidad del respeto a los derechos humanos, y sostuvo que esos delitos no estarán en la Justicia Penal Militar. “De esta forma, el Ministerio de Defensa pretende reglamentar, basado en el respeto a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, el comportamiento que deberán cumplir los cerca de 500 mil integrantes de la Fuerza Pública en el marco del conflicto armado, la defensa de la paz y la seguridad de los colombianos”, indicó. 

Igualmente, la propuesta incluye una alternativa eficiente para que los operadores jurídicos orienten sus procesos contra los integrantes de la Fuerza Pública, por conductas cometidas en el marco del conflicto armado, incluso en un eventual escenario de justicia transicional.  
  
Indicó que los proyectos señalan los delitos que deben estar en la “justicia ordinaria con el ánimo de evitar las interpretaciones divergentes sobre conceptos como “ejecución extrajudicial” y los crímenes de lesa humanidad pero, sobre todo, no darle campo a la impunidad en ninguno de los procesos judiciales existentes y darles plenas garantías a las víctimas”. 

El proyecto de reforma constitucional indica que “en ningún caso la Justicia Penal Militar o policial conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado. Tampoco será competente para conocer de las ejecuciones extrajudiciales en las condiciones que señale la ley. Las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública, relacionados con el servicio, salvo los delitos anteriores, serán conocidas exclusivamente por las cortes marciales o tribunales militares o policiales”. 

En cuanto a la ley se indica, en el articulado que la misma tiene objeto de “establecer reglas para la investigación, acusación y juzgamiento de los miembros de la Fuerza Pública en el marco del Derecho Internacional Humanitario aplicable en situación de hostilidades y el desarrollo de los principios de autonomía e imparcialidad de la Justicia Penal Militar”. 

Credito
COLPRENSA

Comentarios