La Corte indicó que antes de la adjudicación del título minero correspondiente no se cumplió con el requisito de consulta previa a la comunidad indígena Cartama y a la comunidad afrodescendiente representada en Asojomar, que se dedica a la explotación minera en la mina Villonza de manera artesanal, siendo su ámbito de actividades culturales y económicas.
En consecuencia, se ordenó al Ministro del Interior que realice y coordine el trámite de consulta previa en cuyo desarrollo estarán involucrados el Concejo Comunitario de la parcialidad indígena Cartama y los miembros de las comunidades indígenas y afrodescendientes de la zona que se dediquen a estas actividades informales.
Instó por políticas de control
La Corte le ordenó al Gobierno que cree políticas claras para el control y la erradicación de la ilegalidad de la actividad minera en Colombia.
Igualmente, se deben crear medidas para el fortalecimiento del proceso de formalización de la minería tradicional, artesanal e informal, “mediante esquemas de incentivos que estimulen dicho procedimiento” y para “la eficiente gestión y administración del sector minero”.
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