Conceden la casa por cárcel a Miguel Nule por depresión

Colprensa - el nuevo día
La Fiscalía indicó que hará el seguimiento a la enfermedad cardiaca que acusa el empresario, condenado en dos ocasiones por su participación en el ‘carrusel de contratos’.

El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas de Sincelejo le otorgó el beneficio de la detención domiciliaria a Miguel Nule, quien fuera condenado en dos ocasiones por su participación en el denominado ‘Carrusel de la Contratación’ en Bogotá.

La decisión se produce luego de que el despacho avalara la solicitud de la defensa de Nule, en la que indicó que su cliente sufre de una situación médica “muy grave”, y se menciona un cuadro clínico de Hipertensión arterial, hipotiroidismo, hipertrigliceridemia, cardiopatía isquémica, cuadro depresivo y de ansiedad mayor recidivante, según un dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal.

“Ante las solicitudes elevadas por Miguel Eduardo Nule acerca de la petición de sustitución de la ejecución de la pena a prisión intramuros por la domiciliaria, el despacho, por considerarlo pertinente, ordenó mediante providencia de fecha del 22 de febrero de 2016, la práctica de un examen por médicos especialistas en psiquiatría forense del Medicina Legal con el fin de establecer su verdadero estado de salud mental”, señala el fallo.

En su decisión, además se agrega que el Inpec y la Fiduprevisora deberán garantizar el procedimiento médico indicado, haciéndose cargo de su tratamiento especializado, farmacológico y demás gastos que demanden su enfermedad.

Igualmente, la autoridad carcelaria deberá seguir haciendo seguimiento, con el fin de ejercer vigilancia para que Nule siga pagando sus condenas.

Condena

Miguel Nule fue sentenciado a 14 años de cárcel, tras aceptar su responsabilidad en el delito de peculado. Posteriormente, el 27 de enero de 2015, el juzgado 36 penal de conocimiento lo sentenció a ocho años y seis meses más de prisión junto a Manuel, Guido Nule y su socio Mauricio Galofre, en este caso por los delitos de concierto para delinquir, fraude procesal, falsedad en documento privado y cohecho.

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COLPRENSA

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