Los uniformados quienes para la fecha de los hechos estaban adscritos al Batallón de Infantería Joaquín París con sede en San José del Guaviare, entraron a una finca en Puerto Concordia (Meta), en compañía de integrantes del Bloque Centauros del Erpac, y se llevaron a Arcadio Torres Peña de 33 años de edad, y a Rosendo Holguín Bohórquez de 51. De acuerdo con la investigación, el reporte entregado por los uniformados a sus superiores decía que, los campesinos fueron muertos en combate al atacar a la patrulla, cuando pasaba por el lugar.
La dueña de la finca y madre de Arcadio Torres, fue quien interpuso la denuncia que permitió establecer que se trataba de una ejecución extrajudicial y que estas personas eran trabajadores campesinos y no hacían parte de un grupo guerrillero.
Por los hechos ocurridos en marzo de 2006, las penas fueron dictadas así: contra el capitán (r) Miguel Alejandro Durango Durango, 42 años de prisión y multa de 2000 salarios mínimos legales vigentes; el cabo (r) Sergio Alonso Cruz Gordon y el cabo (r) Luis Euclides Ibargüen Mestra, 38 años de prisión y multa de 2000 salarios mínimos legales vigentes.
Igualmente, los soldados profesionales (r) Valentín Díaz Hernández, Carlos Alirio Alvarado Carrillo, Jhorman Said Montenegro Pachón, Anderson López Hurtado, Diego Fernando Mina Yonda, Luis Segundo Cano Gómez e Isidro Malaver Ahumada, deberán pagar, entre todos, 34 años, 6 meses de prisión y multa de 2000 salarios mínimos legales vigentes.
En la sentencia, el juez negó a los sentenciados los beneficios de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.
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