Corte estudia dos demandas contra el acto legislativo por la paz

COLPRENSA – EL NUEVO DÍA
Centro Democrático cuestiona el ‘fast track’ por estimar que vulnera la Constitución y la transforma “en su esencia, creando un nuevo texto constitucional, en contravía del espíritu del constituyente original”.

La Corte Constitucional se encuentra estudiando dos demandas en contra del Acto Legislativo por la Paz con el cual el Congreso aprobó un procedimiento legislativo especial, denominado ‘fast track’, para poder implementar rápidamente el Acuerdo Final con las Farc en caso de ganar el ‘Sí’ en el Plebiscito, y que le dio facultades al Presidente de la República para expedir los decretos con fuerza de ley que sean necesarios

Una demanda fue presentada por el constitucionalista Jesús Pérez González y está en manos de la magistrada María Victoria Calle, quien es la presidenta de la Corte Constitucional.

El abogado considera que ese mecanismo expedito que creó el Congreso y sustituyó la Constitución por reducir los tiempos pactados en la Carta Política para los trámites legislativos.

En este caso, ya se han presentado 16 conceptos, incluidos los del Gobierno Nacional y se está a la espera de que la Procuradora General encargada, Martha Isabel Castañeda, emita su posición.

La magistrada Calle explicó que se hará la tarea normal en estos casos que es “estudiar la demanda, presentar una ponencia y luego discutirla la interior la de Sala Plena”.

La otra demanda la presentó el Centro Democrático en pleno y fue admitida por el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo quien ofició al Senado y la Cámara para que envíe los antecedentes del Acto Legislativo y para que la Presidencia, el Gobierno y diversas organizaciones sociales emitan sus conceptos.

El Centro Democrático cuestiona el ‘fast track’ por estimar que vulnera la Constitución y la transforma “en su esencia, creando un nuevo texto constitucional, en contravía del espíritu del constituyente original”.

Igualmente, considera dicha colectividad que las facultades al Presidente por estimar que se pone en peligro la separación de poderes, “concentrando en exceso el poder a favor del Ejecutivo y le otorga a este facultades legislativas”.

Para el partido de oposición, además, al considerarse el acuerdo como un acuerdo especial en los términos de los Convenios de Ginebra, se le está considerando como un instrumento de derecho internacional cuando las Farc no tiene ni personalidad jurídica internacional, ni es un sujeto de derechos internacional por ser un “grupo terrorista”.

Igualmente, la Corte Constitucional recibió del Consejo de Estado tres demandas en contra del decreto con el cual se convocó al Plebiscito y todavía no ha decidido si las admite o no.

Se trata de demandas presentadas por el concejal de Bogotá Marco Fidel Ramírez, los congresistas Paloma Valencia y Luis Alfredo Ramos y otra más por la congresista Paola Holguín.

CONSEJO DE ESTADO RECHAZA DEMANDA CONTRA EL ACUERDO FINAL

El Consejo de Estado rechazó una demanda que fue presentada contra el Acuerdo Final alcanzado entre el Gobierno Nacional y las Farc.

Así lo confirmó el presidente de la Corporación, magistrado Danilo Rojas, al referirse a una demanda presentada por el pastor Víctor Velásquez

“Esto no es obstáculo para que eventualmente se puedan presentar demandas por otro tipo de actos que se puedan resultar con ocasión del desarrollo del acuerdo”, dijo.

El caso lo tenía la magistrada de la Sección Primera del Consejo de Estado, María Claudia Rojas, quien estimó que no se podía demandar un acuerdo que, al momento de ser demandado, no estaba firmado y por tanto no era definitivo.

El magistrado Rojas reiteró que no acudieron a la firma en Cartagena porque se prevé que se presenten nuevas demandas contra el Acuerdo o contra actos que se deriven de la implementación del mismo.

Señaló que no se trata de un desplante al Gobierno ni de un rechazó a la paz. De hecho, consideró que se trata uno de los hechos históricos que enmarca la tradición republicana.

“La historia republicana se puede recordar por dos o tres sucesos como la independencia, el Plebiscito del 57, la Constitución de 1991 y este es uno de esos momentos”, dijo al señalar que está contento con el acuerdo.

“Después de esta firma viene la refrendación. Si gana el ‘Sí’, se van a presentar una serie de actos legislativos y proyectos de ley y nosotros los jueces somos los garantes del estado de derecho”, acotó.

POR PRUDENCIA, CORTE NO ASISTIÓ A LA FIRMA

La presidenta de la Corte Constitucional, magistrada María Victoria Calle, explicó este lunes que no era posible para los integrantes de esa Corporación acudir a la firma del fin del conflicto con las Farc ya que en el futuro tendrán que hacer un control de la implementación del acuerdo.

“A la Corte Constitucional le corresponderá en el futuro, controlar los actos legislativos, los proyectos de leyes estatutarias si los hay y las leyes ordinarias, entonces por prudencia decidimos no asistir porque debe hacerse un control independiente”, señaló.

De acuerdo con la jurista, la Corte debe mantenerse al margen de esos eventos para poder realizar sus funciones con imparcialidad aunque consideró que el evento de la firma como tal es un “ejercicio democrático interesante” puesto que “es un grupo al margen de la ley, reconociendo la institucionalidad”.

Credito
COLPRENSA

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