Sexting: crimen y castigo

De acuerdo con los expertos “no necesariamente la mejor forma de combatir la criminalidad es legislando más” y consideran que el Código Penal contempla las sanciones necesarias para el nuevo delito que se pretende crear.

Castigar la publicación de videos o imágenes de contenido sexual, es una iniciativa que actualmente tiene al menos dos proyectos muy parecidos en el Congreso de la República.

Se trata de los proyectos 060 de 2018 y el 074 de 2018 que fueron unificados, uno presentado por el exfiscal Néstor Humberto Martínez y el partido Mira, que buscan crear el delito de sexting de venganza.

Recientemente fue presentado otro proyecto por parte de un congresista y que también busca modificar el Código Penal y se impongan penas para castigar este tipo de delitos cibernéticos.

De acuerdo con cifras reveladas en 2019 se han presentado 157 denuncias por divulgación de imágenes sin consentimiento, 17% más casos que el año anterior.

Sin embargo, para los expertos consultados, este tipo de iniciativas ¿responden realmente a un criterio de política criminal en el país o se propone como medida d populismo punitivo?

Diego Hernández, docente de Derecho de la Universidad Industrial de Santander, UIS, considera que “esta es una propuesta enmarcada en la política criminal del Estado colombiano y para tal efecto hay unos órganos encargados de pensar esa política o hace parte de una estrategia política para hacer populismo a través del establecimiento de nuevos delitos”.

Así mismo, el Docente de la UIS argumenta que el Código Penal no puede convertirse en una ley que incluya todas las distintas formas como se puede incurrir en un delito o conductas que “consideramos deberían ser tenidas en cuenta como un delito porque para eso existen los jueces penales”.

Asegura Hernández que “si todas las conductas que consideramos reprochables en la sociedad las convertimos en delitos vamos a tener como resultado un gran código penal que le da consecuencias negativas a un montón de conductas que consideramos delictivas y eso es en lo que precisamente consiste el populismo punitivo en inflar de tal manera el código penal que todas las conductas que consideramos socialmente reprochable terminen como delito, sin tener en cuenta la política criminal del Estado”.

Con la llegada de las nuevas tecnologías también llegaron otras modalidades de delitos como el ‘sexting’, que es una combinación de los términos en inglés ‘sex’ (sexo) y ‘texting’ (acción de enviar mensajes).

Y, precisamente, sobre la reciente propuesta de “crear un delito autónomo que castigue estas conductas que atentan contra la integridad física, psicológica y emocional de la víctima”, Felipe Botero, abogado y docente de la Universidad Javeriana, considera que cuando se está pensando en iniciar un proyecto legislativo lo primero que hay que establecer son cuáles van a ser las características que se proponen para mirar la necesidad del mismo porque “lo que se ve en ese tipo de casos es que la propia víctima es la que propicia esos eventos”, entonces desde esa perspectiva sería innecesario, teniendo en cuenta que “en muchas ocasiones este tipo de material que se publica empieza en una relación de pareja y cuando la relación de pareja está bien no pasa nada y todo es legítimo”.

Según Botero, el hecho de generar el debate si es necesario o no, de manera previa tendrían que delimitar cuáles serían las condiciones en que se crearía el “tipo penal” porque dependiendo de esas condiciones que se establezcan ahí es donde se puede concluir la necesidad, porque “si se plantea como un mecanismo para proteger el derecho a la intimidad que ha sido vulnerado, en mi concepto, ‘perse’ no es una violación a la intimidad porque tocaría entrar a analizar la temporalidad de las cosas”.

El docente de la Javeriana argumenta que “el derecho penal tiene una característica y es que castiga un acto que se realiza y que es contrario al ordenamiento jurídico, entonces en la tarea legislativa hay que ser muy cuidadosos en el evento que tome la decisión de legislar para hallar cuál es el momento consumativo del delito”, porque sería un error de técnica legislativa presentarlo como una infracción penalmente relevante que protege el derecho a la intimidad cuando (en muchas ocasiones) “es la propia víctima la que en el momento en que entregó el material está consintiendo el acto”.

Esta serie de iniciativas legislativas para Diana Pulido, investigadora de la Universidad Piloto, pueden responder al movimiento social representando en Latinoamérica que es el respeto hacia las mujeres que aunque hay normatividad y se supone está el derecho de la intimidad y otros temas similares no hay suficientes garantías y de ahí que pueda considerarse necesario generar otro tipo de medidas.

De otra parte, precisa Pulido, esto también se puede relacionar con que muchas veces el sistema judicial no actúa tan rápido como las posibles víctimas lo pueden solicitar y ahí también implica una revisión de las normas que están protegiendo y deben velar por los derechos”.

Según la investigadora, “más que crear nuevas leyes es necesario hacer una revisión de las que ya están de manera tal que no haya ambigüedad y no solamente en la ley, sino que se tenga claridad en los mecanismos de ejecución de dicha ley”.

 

Proyecto discriminatorio

 Felipe Sánchez Iregui, abogado Especialista en Redes, considera que el proyecto que busca castigar a quienes revelan videos o fotografías íntimas de su pareja sin previo acuerdo, ya hace trámite en el Congreso. El nuevo proyecto presentado en el Senado propone penas muy similares al proyecto presentado por el exfiscal Néstor Humberto Martínez y el partido Mira. Además, considera que el proyecto contiene un artículo que es inconstitucional y discriminatorio al proponer que el castigo sea mayor cuando la víctima sea una mujer, porque va en contra del derecho a la igualdad y crea un concepto de discriminación en contra de los hombres porque si se divulga un video íntimo de un hombre el daño que se causa es igual que si se divulga el de una mujer.

 

Dato

“Estamos legislando sobre las consecuencias y no sobre las causas, es decir, atacamos el síntoma más no la enfermedad, porque no existe una política pública coherente”, asegura Hernández. 

Credito
NELLY VECINO PICO

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