Derrotaron ponencia que pedía despenalizar el aborto hasta la semana 16

Crédito: COLPRENSA - EL NUEVO DÍAColectivos feministas se congregaron frente al Palacio de Justicia ayer durante la sesión de la Corte Constitucional que debatía sobre el aborto.
El álgido debate se llevó a cabo en dos Salas Plenas y una Extraordinaria en la que cada magistrado expuso su punto de vista sobre el tema y la hipótesis de Linares que no alcanzó el umbral.
PUBLICIDAD

En Sala Extraordinaria fue derrotada ayer la ponencia del magistrado Alejandro Linares, con seis votos en contra y tres a favor, quien pretendía despenalizar el aborto en Colombia hasta la semana 16 de gestación.

El álgido debate se llevó a cabo en dos Salas Plenas y una Extraordinaria en la que cada magistrado expuso su punto de vista sobre el tema y la hipótesis de Linares que no alcanzó el umbral. Los juristas señalaron que no daban aval a la ponencia por ineptitud de demanda por ello, además, se declararon inhibida.

Linares solo tuvo el aval del magistrado Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes, mientras que sus opositores siempre fueron los magistrados Carlos Bernal, Cristina Pardo y Luis Guillermo Guerrero.

Será ahora el magistrado Antonio José Lizarazo, el ponente del tema y quien se encargue de recolectar las hipótesis de sus compañeros.

Lo que en su momento expuso Linares es que las mujeres podían interrumpir de manera voluntaria su embarazo hasta las 16 semanas, sin incurrir en ningún delito, así el procedimiento no esté enmarcado en las tres causales de aborto que el tribunal avaló desde 2006.

Linares, en el documento que reposó en los despachos de sus ocho colegas, argumentó que las causales en las que se permite el aborto en el país no deben alterarse y que obedecen a una sentencia de 2006 en donde establecieron que se permite el aborto en Colombia cuando haya malformación en el feto, riesgo en la vida de la madre y cuando el embarazo haya sido producto de una violación.

Así la cosas, las reglas del aborto en Colombia seguirán rigiéndose bajo las tres causales existentes mediante la sentencia C-355 de 2006.

Actualmente, el Ministerio de Salud trabaja en una reglamentación de la ley del aborto, siguiendo el mandato de la Corte Constitucional en su sentencia 096 de 2018, en la que hizo este pedido al Gobierno y al Congreso de la República.

Esa misma sentencia no solo ratificó la del 2006, sino que colocó el aborto como un “derecho humano” y con la posibilidad de practicarse durante todo el embarazo. Recientemente la directora de Profamilia, Martha Elena Royo, manifestó que “ninguna mujer que ejerza sus derechos sexuales y reproductivos debe enfrentar barreras ni ser víctima de persecución, discriminación, señalamientos, estigmas sociales, y otros comportamientos que puedan vulnerar su intimidad, integridad y seguridad”.

 

La demanda

La doctora en Derecho Constitucional de la Universidad de la Sorbona de París, Natalia Bernal Cano, presentó dos demandas ante la Corte Constitucional, para que se defiendan los derechos del niño por nacer y se prohiba el aborto en los servicios de salud del país.

Bernal señaló que presentó las demandas para “lograr la igualdad de derechos entre niños por nacer y niños después del nacimiento y la prohibición del aborto provocado en las instituciones de salud.

Explicó que las demandas se basan en investigaciones que realiza sobre el aborto desde 2014, donde encontró los daños que provoca esta práctica en la “vida y en la salud de madres gestantes e hijos por nacer”.

En su primera demanda pide que se reconozca los mismos derechos para los bebés durante la gestación como luego de su nacimiento, al tratarse de seres humanos. En su segunda demanda solicita que se prohiba el aborto totalmente, eliminando las tres causales que actualmente lo permiten, porque “generan daños graves en bebés y madres gestantes”.

Además, señaló que la causal de salud mental se está utilizando indebidamente en la evaluación para la aplicación del aborto, “pues las mujeres angustiadas temporalmente con sus embarazos no deseados consultan el médico que las orienta para abortar por esta circunstancia y no por depresiones, trastornos mentales o ansiedad severa”.

Finalmente, Bernal dijo que la actual legalización no ha reducido los abortos clandestinos, sino que estos se han triplicado según cifras de la Fiscalía.

“El artículo 122 del Código Penal no contiene una sanción ejemplar para lugares clandestinos. Solo dice que no se considera delito en esos tres casos, pero no sanciona en esos casos a los lugares clandestinos”, resaltó.

 

La petición a Trump

El representante a la Cámara del Centro Democrático, José Jaime Euscátegui, en una carta enviada al presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, le pidió que si en este país es aprobada la despenalización total del aborto hasta la semana 16 de gestación, que frene la ayuda que se le entrega a Colombia.

La postura del congresista bogotano se dio tras el estudio que dio la Corte Constitucional a la ponencia del magistrado Alejandro Linares.

Euscátegui, en la misiva al presidente estadounidense, le pide condicionar la ayuda a Colombia a la no legalización de la práctica del aborto, “sugiero amablemente y respetuosamente condicionar toda la ayuda externa proporcionada a mi país, a la adopción de políticas pro-vida, sólidas y firmes”.

“Desafortunadamente, miles de niños como Juan Sebastián son sacrificados cada año en Colombia y alrededor del mundo bajo las mismas teorías. En este punto necesitamos fortalecer la visión de que la dignidad humana no tiene fronteras, y la creencia de que cada vida es sagrada y merece ser siempre protegida”, plantea Euscátegui.

 

Causales

La Corte Constitucional mediante sentencia C-355 de 2006, reconoció el derecho de las mujeres a interrumpir voluntariamente el embarazo en tres casos:

1. Cuando el embarazo es producto de violación, incesto o inseminación artificial forzada.

2. Cuando el feto tiene una malformación incompatible con la vida fuera del útero

3. Cuando el embarazo constituye un riesgo para la vida o la salud de la mujer.

 

Destacado

Según Profamilia hubo 123 abortos practicados a menores de 14 años, lo cual se interpreta como cifra de abusos sexuales hacia niñas y adolescentes en Colombia.

Credito
RESUMEN AGENCIAS

Comentarios