'Epa Colombia', condenada a 3 años y 10 meses

Crédito: COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
En el despacho de la jueza Segunda Especializada se profirió sentencia condenatoria en contra de Daneydi Barrera Rojas, conocida en redes sociales como ‘Epa Colombia’, por los delitos de daño en bien ajeno, instigación a delinquir con fines terroristas y perturbación en servicio de transporte público colectivo u oficial cometidos durante una de las jornadas de paro de noviembre pasado.
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La funcionaria judicial dictó una pena de tres años y diez meses en contra de la joven, tras escuchar las intervenciones de, en su orden, los abogados de TransMilenio, Recaudo Bogotá, Procuraduría y el defensor de la influenciadora. Así también tendrá que pagar 25.42 salarios, es decir, una suma cercana a los 22 millones de pesos.

Como pena accesoria, la jueza prohibió que durante ese mismo tiempo no ejerza ninguna labor como influencer. “La procesada abusó de esta labor con su actuación, por eso se hace necesaria esta decisión”, agregó la jueza.

Los hechos que motivaron esta sentencia datan del año pasado cuando la joven ocasionó una serie de daños en la estación Molinos, ubicada en el sur de la ciudad. Dos puertas de acceso, el dispositivo de lectura de tarjetas, equipos de recarga automáticos y registradoras de acceso sufrieron afectaciones avaluadas en 1218 millones de pesos, de acuerdo con las autoridades. La evidencia de que ella fue la autora de los hechos es un vídeo que fue publicado en sus redes sociales. La grabación fue clave para el llamado a imputación que se hizo a finales de noviembre.

En las primeras audiencias no se acogió a los cargos. El allanamiento a los delitos cometidos lo hizo en diciembre, por lo que su proceso fue exprés y de allí que este viernes se profiriera sentencia.

Al entregar los argumentos de su sentencia, el despacho sostuvo sobre el cargo de daño en bien ajeno que las evidencias entregadas por el ente acusador, tanto vídeos como fotografías y testimonios, permitían individualizar a la joven mientras con un martillo rompía los elementos ya mencionados.

Sobre el delito de perturbación en servicio de transporte público indicó que se configuró con el daño a la estación que la procesada protagonizó y que con ello se restringió el acceso de los usuarios de ese sector de la ciudad.

La providencia señaló del cargo de instigación a delinquir con fines terroristas que no hubo tal porque ese delito solo se configura cuando hay una actuación dolosa, condición que no se vio por parte de la implicada. Sin embargo, explicó la jueza que “su actuar fue doloso” se hizo evidente en el cargo de daño en bien ajeno.

La instigación, además, como lo señala su definición se da cuando se insta a otras personas a cometer las mismas conductas. No obstante, el despacho tuvo en cuenta que el objetivo de los youtubers es una finalidad económica mediante la divulgación de vídeos y que en este caso era lo que se perseguía, de hecho, también se hizo referencia a que la grabación fue eliminada días después tras la avalancha de críticas.

“Instigar al conglomerado no era la finalidad de la influencer, sino era ganar más adeptos con un fin económico”, remató la jueza contrariando la tesis del ente acusador que señaló en audiencias anteriores que la conducta había afectado la tranquilidad de los ciudadanos y generó zozobra y temor en la población.

 

Lo que dijeron los abogados

El abogado de TransMilenio le pidió al despacho que en el momento de tasar la pena que tuviera en cuenta que las afectaciones por cerca de 1.218 millones de pesos del erario que, según él, estaban destinados a lo social.

“En la estación (Molinos) donde esta señora es sensible, que atiende a muchos usuarios, por lo que el daño fue real. Por eso le pedimos que le imponga una pena de seis años de prisión y que no sea con el beneficio de la detención domiciliaria”, indicó el jurista.

El apoderado de la empresa Recaudo Bogotá, a su turno, también pidió una pena ejemplar en contra de la joven por cuenta del daño que le ocasionó a toda la institucionalidad por su comportamiento.

“El hecho de sometimiento a la justicia y de aceptación, no por ello se aminora el daño causado”, recalcó.

Barrera Rojas en audiencia anterior se había acogido a los cargos endilgados por el ente acusador, por lo que tendrá una rebaja en su pena. No obstante, tanto los defensores de TransMilenio y Recaudo Bogotá insistieron ante el estrado de que como “los hechos fueron graves, así mismo debe ser la pena, para no seguir invitando a la comunidad a cometer más delitos”.

El representante del Ministerio Público basó su argumentación en el hecho de que la joven es ampliamente reconocida en redes sociales por lo que su conducta puede ser fácilmente imitada por sus seguidores.

“Debe existir una relación directa entre la gravedad de la conducta y la pena a imponer. Acá debe considerarse que los delitos fueron difundidos y vistos por personas en formación a quienes les llegó el mensaje de un ataque a las autoridades”, sostuvo el delegado de la Procuraduría.

El defensor de Barrera, Jorge Andrés Sosa, dijo ante el estrado que su prohijada siempre ha estado presta a presentarse a las diligencias y que desde el momento en que se le prohibió que no usara las redes sociales ha acatado la orden a cabalidad.

Producto de ello, dijo el abogado Sosa, que instauraron una tutela para que se le permita a la procesada volver a promover contenidos ya que de ello deriva su sustento económico. “Ruego su señoría que se le dé un beneficio extramural o la detención en casa”, enfatizó el defensor.

Credito
COLPRENSA

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