La Inseguridad Jurídico Tributaria en Ibagué

Alex Granados Trujillo

Primero el desbordado aumento de las tarifas del impuesto predial, luego el cobro de impuesto de industria y comercio a las profesiones liberales y, el aumento de tarifas del acueducto. Tres recientes hechos que prueban lo que se dice desde el principio de este gobierno, que el señor alcalde está muy mal asesorado en lo jurídico y que la improvisación ha sido su carta de presentación.

Me quiero concentrar en el cobro del impuesto de industria y comercio a los profesionales liberales. Es verdad que la última reforma tributaria de diciembre de 2016 incluyó a las profesiones liberales como sujetos pasivos del impuesto municipal en mención debido a que define como “servicio” cualquier actividad desarrollada por personas naturales sin importar si prima o no el factor intelectual, en contra del código de comercio que define claramente lo que es una profesión liberal, para el caso: Médicos, abogados, ingenieros, arquitectos, contadores públicos, artesanos etc.

Todo esto generó un rechazo generalizado en la comunidad, no tan grande como el del exagerado y abusivo cobro del predial; sin embargo, el alcalde tratando de calmar los ánimos presenta al concejo un proyecto para que este cobro se realice a las personas que devenguen en el año más de $44 millones, y que se corra el plazo de presentación y pago del 31 de marzo 2018 (calendario habitual) hasta julio de 2018 para la vigencia año 2017.

Lo anterior muestra la chambonada, la improvisación evidente y el desconocimiento de las normas tributarias tanto del equipo del señor alcalde como de los muy honorables concejales. (Al igual que el cuestionado acuerdo municipal de alivios tributarios del predial objetado por el gobernador).

La constitución colombiana le permite a los concejos municipales reglamentar los tributos locales, pero la misma constitución señala de manera taxativa en el artículo 338 que las modificaciones a los impuestos de periodo (anual) solo tendrán efecto a partir del periodo fiscal siguiente a la fecha de su promulgación; y los concejales y el Alcalde pretenden modificar el 30 de marzo de 2018 las condiciones del año vencido 2017 y darles un chance hasta julio de 2018 para que los contribuyentes paguen. Esta novedad de los profesionales independientes fue introducida por una ley en diciembre de 2016, y, un año y tres meses después tardaron en reaccionar el equipo jurídico del mandatario local y los concejales. ¡Genios!

Podrán decir que esta iniciativa es un “Alivio” para los contribuyentes de menores ingresos, la misma excusa dijeron con el acuerdo municipal que firmó el secretario de Hacienda y no el Alcalde sobre el predial.

Que alguien le cuente a los concejales y a la Alcaldía que el principio de favorabilidad que seguramente quieren esgrimir como argumento, No existe en derecho tributario y que solo existe en materia de derecho penal y los impuestos no son un castigo a los ciudadanos.

Todo estos arreglos hechos con los pies, fracturan aún más la confianza de los ciudadanos y de los empresarios frente a esta ciudad, porque entonces se genera un clima de desconfianza e inseguridad jurídica, ¿será que en junio, o en septiembre o cualquier día el Alcalde se levanta con las ganas de modificar las reglas de juego así como así?

Señor Alcalde, el ordenamiento jurídico tributario salvaguarda el principio de seguridad jurídica, si aducen irretroactividad, no es posible la aplicación inmediata, insisto en ello, (tanto el caso predial, como el caso industria y comercio) solo en materia sancionatoria es predicable la favorabilidad para el contribuyente.

No siga dañando más la confianza de ciudadanos y empresarios, asesórese bien, es hora de un cambio en esa secretaria de hacienda. ¿El nuevo acuerdo municipal quien lo va a sancionar? ¿Usted como alcalde o va a delegar a alguien otra vez? ¿Cuándo le demanden el acto administrativo a quien le va a echar la culpa? ¿A las mafias? ¿A las fuerzas oscuras? Etc. No más retórica, no más shows, no más improvisación. 

Magíster en Tributación

Axfgt@msn.com

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