Constitución y estabilidad política

Alfonso Gómez Méndez

Como ha sido la constante en estos treinta años de vigencia formal de la Constitución de 1991, otra vez estamos frente a nuevas avalanchas de reformas a la Carta Política. La más notoria de ellas, en apariencia rápidamente abortada, pretendía nada menos que la prórroga automática de periodos para presidente, congresistas, alcaldes, gobernadores, procurador, fiscal, contralor y magistrados de las tantas “Altas Cortes” que tenemos. Así como no era válido en el año 90 decir que había que acabar con la Constitución clerical y oscurantista de 1886, por cuanto de ese texto original solo quedaban para entonces unos pocos artículos -como el del Estado de Sitio que sirvió para abrirle paso a la Constituyente- después de más de setenta reformas en un siglo de vigencia, tampoco lo es ahora cuando suele decirse que hay que defender la “Constitución de 1991”. En realidad, el texto original ha sido reformado por actos legislativos en cincuenta y cinco ocasiones, con cambios sustanciales como la reelección presidencial inmediata en el 2004, y el fast track, que alteró los mecanismos de reformas en el 2016, a propósito del proceso de paz de La Habana.
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Si tomamos en promedio 5 artículos por cada reforma, tenemos que en tan poco tiempo, por cambio o adición, se han tocado más de 200 de los 350 del texto original. Hemos tenido casi dos reformas constitucionales por año, lo que no deja muy bien paradas la solidez del texto inicial ni la seguridad jurídica de la Nación.

La última de las “ocurrencias constitucionales”, sin embargo, no es extraña en nuestra historia política. El General Rafael Reyes fue elegido en 1904 en medio de un “chocorazo”, para un periodo de seis años, con la posibilidad de reelección inmediata. Sin embargo, transcurrido apenas un año de posesionado, sus áulicos lo convencieron de que seis años era muy poco tiempo para sacar al país adelante sobre todo para atacar los efectos que había significado la “pandemia” de la Guerra de los Mil Días. 

Convocó una Asamblea Constituyente afecta, que expidió el Acto Legislativo 5 de 1905, cuyo Artículo 5º disponía: “El periodo presidencial en curso, y solamente mientras esté a la cabeza del gobierno el Sr. General Reyes, durará una década, que se contará del primero de enero de 1905 al 31 de diciembre de 1914”. Agregaba que después de cumplido el periodo del dictador beneficiado, los periodos serían solo de cuatro años.

La paradoja es que Reyes no alcanzó a cumplir siquiera el primer periodo para el que había sido elegido, -menos el de la prórroga- y salió huyendo por Santa Marta en 1909. Laureano Gómez convocó una constituyente que elaboró en 1952 un proyecto de Constitución Fascistoide. Fue derrocado por Rojas Pinilla en 1953, y uno de los actos de “su” constituyente fue legitimar el golpe y “elegir “a Rojas hasta 1954. 

Luego lo “reeligió”-en la práctica prórroga de periodo- hasta 1958. Y cuando volvió a hacerlo en 1957 para prorrogar al gobierno de Rojas hasta 1962 sobrevino el 10 de mayo, en el que Rojas Pinilla -hay que decirlo- aceptó salir del poder de manera incruenta, designando él mismo una junta militar que después, en sus propias palabras pronunciadas en el juicio que se le siguió ante el Senado, lo traicionó, entregándose como “mujer pública” a las que él llamaba oligarquías liberales y conservadoras gestoras del Frente Nacional. Es otra lección histórica sobre cómo terminan las “prorrogas” impulsadas por “amigos” no siempre desinteresados.

Y como la “borrachera reformista” no para, aparecen toda clase de propuestas, aún cuando por lo poco que queda a este Congreso no habría tiempo para estudiar a conciencia ninguna de ellas: limitar periodos, unificar el de los gobernadores y alcaldes con el del Presidente, conceder el voto a los integrantes de la fuerza pública, y una bastante traviesa, la de volver a unir -incluso para la próxima elección- los comicios para congresistas y jefe de Estado, jugándose todo el mismo día.

Así fue en una época y el establecimiento se llevó el susto del 19 de abril de 1970. Por eso se separaron las elecciones en 1977. 

¿Para qué tantas jugarretas? ¿No habrá llegado la hora de dejar quieta así sea por corto tiempo a la Constitución Política?

ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ

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