Silla Vacía para gobernadores

En el Congreso, la sanción sólo ha sido aplicada una vez al partido Cambio Radical por la condena del expresidente del Senado, Javier Cáceres, mientras que para mandatarios regionales ni siquiera se ha estrenado.

Ante la gran cantidad de casos de corrupción y robo de recursos públicos que se vienen dando en las entidades territoriales, es necesario imponer una sanción como la de la ‘Silla Vacía’ a los partidos o movimientos políticos que postularon a los mandatarios destituidos por estos hechos.

Esta figura, que se introdujo en la reforma constitucional del 2009, fue un avance importante contra la penetración de las mafias y los paramilitares en la política. En el artículo 134 de la Constitución se estableció que no se podía reemplazar a un congresista, diputado o concejal vinculado a un proceso penal por la relación con grupos armados ilegales, por delitos de narcotráfico o de lesa humanidad. También se dispuso que “la sentencia condenatoria producirá como efecto la pérdida definitiva de la curul para el partido al que pertenezca el miembro de la Corporación Pública”.


Es menos conocido que también se impuso una especie de Silla Vacía para el caso de gobernadores y alcaldes, pues, según el Art. 107, cuando son condenados por los mismos motivos, los partidos o movimientos que avalaron al candidato “no podrán presentar terna, caso en el que el nominador podrá libremente designar el reemplazo”.


En el Congreso, la sanción sólo ha sido aplicada una vez al partido Cambio Radical por la condena del expresidente del Senado, Javier Cáceres, mientras que para mandatarios regionales ni siquiera se ha estrenado.


Lo cierto es que la norma se quedó corta al limitar la Silla Vacía a unos pocos delitos, y en la reforma a la Justicia que se está tramitando se trató, sin éxito, de ampliarla para que aplicara a todos los delitos de carácter penal de los congresistas. Pero aún esa modificación hubiera sido insuficiente, pues no aplicaría para los casos de corrupción sancionados por la Contraloría o la Procuraduría, y que pueden ser más graves que el mismo narcotráfico. La revista Semana atribuye al condenado exsenador Martínez el haber dicho que “es mejor negocio la política que el narcotráfico”, pues “la plata que deja una alcaldía no la deja un embarque”.


En los últimos dos años los entes de control han sancionado a 10 mandatarios regionales, siendo los casos más recientes los de Useche del PIN-MÍO en el Valle y Cielo Gonzáles del Partido de la U en el Huila, destituidos ambos por mal manejo de contratos con recursos públicos en sus puestos anteriores. Además ambos sucedieron a gobernadores de sus mismos partidos que también habían sido destituidos por la Procuraduría: Juan Carlos Abadía, en el Valle, y Luis Jorge Sánchez, en el Huila, o sea que esos partidos son reincidentes en el atraco al erario. El colmo del cinismo de los partidos o movimientos políticos es avalar a candidatos que se sabe que están siendo investigados por los entes de control, lograr que sean elegidos y cuando concluyen las investigaciones y son destituidos querer nominar el reemplazo.


Cuando un gobernador o alcalde es destituido por casos de corrupción, el partido que le dio el aval no debe tener el derecho de presentar la terna para elegir su reemplazo. Es la sanción mínima que se merece, y habría que ir más allá y prohibirle que postule candidatos a las siguientes elecciones y, si es reincidente, cancelarle la personería jurídica. Así lo dispone hoy el artículo 107 de la Constitución, pero sólo para los delitos mencionados, de manera que habría que ampliar esa prohibición. Es urgente hacerlo si se quiere depurar la administración pública.   

Credito
MAURICIO CABRERA GALVIS

Comentarios