Las ternas para Contralor y Procurador

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Uno de los puntos de la reforma de equilibrio de poderes planteada por el presidente Santos es eliminar las atribuciones de selección, nominación y designación de autoridades del Estado por las altas cortes. Para entender la urgencia de esta reforma, basta recordar los debates y escándalos que se han suscitado en los casos recientes de la Procuraduría y la Contraloría.

Al Contralor lo elige el Congreso, de una terna presentada por la Corte Constitucional, la Corte Suprema y el Consejo de Estado, mientras que el caso del Procurador la terna es conformada por candidatos del Presidente, la Corte Suprema y el Consejo de Estado.

Esta injerencia de las altas cortes en la selección de candidatos fue una buena intención de los constituyentes de 1991 para desconcentrar el poder presidencial, pero ha degenerado en abusos como los que pueden costar el puesto al actual Procurador por haber nombrado en su entidad a familiares de los magistrados que lo ternaron; en el caso de la Contraloría no han aparecido este tipo de abusos, pero sí ha habido una gran controversia por la politiquería y el clientelismo que imperó en la escogencia de los candidatos.

El papel fundamental que cumplen el Ministerio Público y la Contraloría en la vigilancia y el control del funcionamiento del aparato estatal exigen que a la cabeza de estos organismos lleguen funcionarios que tengan las competencias adecuadas y que, además, sean independientes, para lo cual es indispensable que los procesos de selección sean transparentes, públicos y con participación de los ciudadanos.

Si no deben ser el Presidente ni las Cortes, ¿quién debe seleccionar a los candidatos para las ternas?

Una alternativa es que sean entidades profesionales, independientes y especializadas en cuanto a procesos de selección de personal, que no hay que inventarlas, sino que ya existen en el mercado.

El Congreso con todos sus defectos sigue siendo el representante elegido por el país, de manera que debe seguir con la responsabilidad de elegir de las ternas.

Coletilla: Por el carácter técnico de las funciones del Contralor habría que revivir la exigencia de la anterior Constitución de que fuera un profesional en ciencias económicas o administrativas y con experiencia demostrada en cargos directivos en estas áreas.

Credito
MAURICIO CABRERA

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